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DISCURSOS

concedió. La decisión es clara y definitiva. Voy a citar de
su párrafo final: “Resolvemos, dijo la Corte Suprema, que
la Enmienda 14 fue diseñada para proteger, y en efecto
protege, a cada ciudadano de esta nación cualquiera que
sea su credo, su color o su raza contra cualquier acción
del Congreso que pueda privarle de su ciudadanía. Esta
decisión no hace otra cosa que darle a este ciudadano
aquello que es suyo, un derecho constitucional a
permanecer ciudadano de los Estados Unidos a menos
que voluntariamente renuncie a su ciudadanía”.

La aplicación de esta decisión a los
puertorriqueños no puede debatirse por cuanto la Corte
se refirió específicamente a cada ciudadano cualquiera
que sea su credo, su color o su raza. Cada ciudadano
significa cada ciudadano. No existe manera más clara
de decir que la decisión aplica a todo aquél que sea
ciudadano de los Estados Unidos.

Como consecuencia de esta decisión
Todo puertorriqueño puede tener la más completa
seguridad de que su condición de ciudadano entraña derechos
protegidos por la Constitución Federal que le aseguran su
vínculo personal e indestructible con los Estados Unidos de
América.

Esta ciudadanía americana, ese vínculo de
Puerto Rico con los Estados Unidos que recomendaron
el Secretario Stimson y el Presidente Taft asienta rango
constitucional y carácter inviolable, inclusive para el

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