Page 219 - Redes, Estado, Empresa y Telecomunicaciones en Puerto Rico
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efonía y las empresas de televisión por cable.45 el sector de las telecomunicaciones. Para este
En esto incidirían la tecnología y los cambios en grupo, la legislación federal proponía una nueva
el marco jurídico para el sector, que permitirían política “que exige la apertura del mercado de las
a las empresas de telefonía y de televisión por telecomunicaciones por medio de la desregla-
cable ofertar servicios similares en las áreas de mentación y la eliminación de toda barrera a la
telefonía, televisión y acceso a Internet. Sobre libre competencia”.48
esto comentaría unos años después un econo- La Asociación de Operadores de Cable TV de
mista a la prensa: Puerto Rico respaldó la gestión de los legislado-
res de mayoría y minoría para “abrir el acceso a
La industria de las telecomunicaciones la Supercarretera de Información del futuro para
ya no puede seguir mirándose desde beneficio del consumidor puertorriqueño”.49 El
un solo punto de vista tecnológico. futuro de los operadores de cable se encontraba
La combinación de tecnologías para en el ofrecimiento de nuevos servicios, y en par-
ofrecer múltiples puntos no es una ticular los servicios de acceso a Internet. Sobre
tendencia, sino la nueva manera de este particular, un ejecutivo afirmaba: “La vi-
comprar y usar productos y servicios de sión es evolucionar de una empresa de cable a un
telecomunicación. Los actores de esta operador de servicios de comunicación a plena
industria continuarán ajustándose para capacidad”.50
competir dentro de una industria donde Una vez constituida la Junta Reglamentadora en
todas las partes, ya sean compañías de diciembre de 1996, la renovación y aprobación de
cable, telefonía o servicio inalámbrico, transferencias de franquicias estuvieron entre
tendrán la capacidad de usar su sus actividades principales durante su primera
infraestructura para ofrecer múltiples década.51 Según el artículo III de la Ley Núm. 213
productos al consumidor.46 y el artículo 6 del Reglamento para la Expedición
La aprobación en 1996 de la Ley Federal de Tele- de Certificaciones y Franquicias (Núm. 5631), la
comunicaciones y la Ley de Telecomunicaciones transferencia de control o cesión de una fran-
de Puerto Rico representó cambios jurídicos sig- quicia requiere la autorización previa de la Junta.
nificativos para la televisión por cable. Ambas También la Ley Núm. 213 fijó a las compañías de
leyes buscaban incentivar la competencia entre cable franquiciadas un impuesto de 3% del ingre-
las empresas de cable y las compañías de teléfo- so bruto anual.52
no, tratando a su vez de proteger los intereses Para aprobar y renovar franquicias, la Junta Re-
de los consumidores. Un rasgo favorable del mo- glamentadora adoptó un procedimiento de dos
delo de regulación dual (federal y estatal) fue el fases. La primera es la cualificación del peticio-
hecho de que la Junta Reglamentadora de Teleco- nario, en la que se demuestran sus capacidades
municaciones de Puerto Rico, como organismo técnicas, legales, financieras y morales. En la se-
estatal, tenía capacidad para regular dicho sec- gunda fase, que comprende la negociación de los
tor (aunque no así otros medios de comunicación términos, se autoriza la solicitud del peticionario
masiva, es decir, radio y televisión).47 para operar la franquicia de televisión por cable.53
Durante las vistas públicas conjuntas del Senado Según comentamos en el segundo capítulo, en
y la Cámara de Representantes sobre el Proyec- 1997 la Junta Reglamentadora solicitó a la FCC la
to de la Cámara 2518 para establecer la ley estatal certificación como local franchising authority.
y la JRTPR, la Asociación de Operadores de Cable Para entonces no había todavía un entendimien-
TV de Puerto Rico calificó de “revolucionaria” la to definitivo sobre la jurisdicción de la JRTPR en
Ley Federal de Telecomunicaciones de 1996 por
iniciar un período de cambio y oportunidad en

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