Para dictar disposiciones que faciliten las transferencias de funciones y programas decretadas por el Plan de Reorganización núm. 2 de 1971 (sustitutivo), por el Plan de Reorganización núm. 6 de 1971, por la Ley Núm. 23 del 20 de junio de 1972 y por la Ley núm. 97 del 10 de junio de 1972.
Designando límite de tiempo para la tramitación de las solicitudes de exención contributiva que se hagan en virtud de las leyes de incentivo industrial de Puerto Rico de 1954 y 1963, según enmendadas, y de la ley de exención industrial de contribuciones de 1948, según enmendada.
Para exigir el más estricto cumplimiento de las normas y reglas emitidas por el Negociado de Presupuesto, Oficina de Personal, Departamento de Hacienda, así como la mayor moderación en todos los de los gastos públicos.
Para vigencia la “Orden prohibiendo la exportación de arroz a cualquier país fuera de Puerto Rico” emitida por el Director de la Administración de Servicios al Consumidor.
Para vigencia a la Enmienda Núm. 1 del Reglamento de Precios Núm. 22 donde el Director de la Administración de Servicios al Consumidor considera que es necesario establecer precios a todos los niveles de distribución de la Manteca de Cerdo.
Para vigencia del Reglamento Núm. 38 donde el Director de la Administración de Servicios al Consumidor considera necesario establecer precios máximos en ventas al consumidor a las galletas “Export Sodas”, habichuelas enlatadas y salsa de tomate.
Para abolir comité a cargo de la planificación y coordinación de los sistemas electrónicos de información en el gobierno.
1864
3 de abril de 1973
Para crear la comisión sobre traspaso de terrenos y otras propiedades federales.
1866
11 de abril de 1973
Establecer diferenciales para la venta de pan en establecimientos detallistas y a domicilio, así estimulando la producción.
1867
11 de abril de 1973
Para vigencia a la Enmienda Núm. 1 del Reglamento de Precios Núm. 9 donde la política de precios del Estado Libre Asociado cree necesario que todo aumento en precios de cualquier articulo reglamentado de cemento en saco o a granel debe ser autorizado por el Director de la Administración de Servicios al Consumidor.
1868A
23 de abril de 1973
Para enmendar el boletín administrativo núm. 1676 mediante el cual se crea el comité asesor de planificación de los recursos humanos y eliminar la enmienda del boletín administrativo núm. 1693.
1869
30 de abril de 1973
Para establecer una amplia política publica de protección al consumidor.
Para vigencia de la Orden P-17 emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor donde ha creído conveniente evaluar toda esta situación antes de tomar una determinación final con respecto a las peticiones recibidas.
Para enmendar el Boletín Administrativo Núm. 1877 B del 29 de mayo de 1973 para cambiar el inciso (2) eliminando la palabra (25)” y reemplazándola con la palabra “veintisiete” (27)”.
Para establecer la política de seguir respecto a la compensación a conceder a funcionarios, empleados, agentes o contratistas por servicios prestados al gobierno.
Para establecer la política a seguir respecto a la compensación a conceder a funcionarios, empleados, agentes o contratistas por servicios prestados al gobierno.
Para fijar tasas máximas de interés a pagarse sobre los depósitos bancarios en cuentas de ahorro y a plazo fijo y establecer las normas aplicables a tales depósitos.
Enmienda a la Orden Ejecutiva del Gobernador de Puerto Rico, Boletín administrativo Núm. GE-126 titulado “Creando comité sobre inversiones industriales” para aprobar todas las inversiones de la Compañía de Fomento Industrial que envuelven una suma de exceso de $400,000 cada una antes de ser legalmente consumadas.
Para garantizar y asegurara la restauración y preservación del orden, el cumplimiento de la ley, la protección de la vida y propiedad del gobierno y de todos los ciudadanos.
Para aprobación de la enmienda del Superintendente de la Policía con el propósito de fijar la estatura mínima y facilitar el reclutamiento de jóvenes que interesen ingresar en la Policía y hacer de esta su profesión.
Para vigencia a la Enmienda Núm. 1 a la Orden P-17 y la Enmienda Núm. A la Orden PM-2 para implementar temporalmente algunas recomendaciones de la Comisión en cuanto al precio y octanaje de la gasolina e incluir los precios temporeros de kerosina y diesel.
Para fijar normas a seguirse en el uso de la frase “Puerto Rico Rum” “Rum of Puerto Rico” o “Ron de Puerto Rico” en las etiquetas de espíritus destilados y bebidas alcohólicas y prohibir el uso en las etiquetas de cualquier bebida que no haya sido producida en Puerto Rico de cualquier palabra que de la sensación de que la misma ha sido producida en Puerto Rico”
Para la aprobación del Reglamento para regir el seguro de pollos parrilleros y gallinas ponedoras contra riesgos de turbonada, granizada, explosión, incendio, humo, inundación y cubierta ampliada.
Para adoptar una nueva Orden P-18 fijando los precios y estimando que de no adoptar esta orden los precios de la gasolina, kerosina y aceite diesel sufrirían alzas desmedidas en serio perjuicio del consumidor de la ciudadanía y de la industria y comercio en general.
Para vigencia inmediata de la enmienda numero 5 al Reglamento de Precios Núm. 21 que establece nuevos precios máximos para el arroz en Puerto Rico y que ha sido emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor.
Para vigencia inmediata de la Orden P-19 que establece nuevos precios máximos para el alimento de aves y de ganado vacuno y porcino y que ha sido emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
Para vigencia al Reglamento aprobado por el Secretario de Estado el 31 de agosto de 1973 titulado “Reglamento sobre registro de contratos gubernamentales en la Secretaria de Estado”.
Para eximo del requisito para vigencia de la enmienda núm. 2 al Reglamento de precios un. 3 que revisa los precios máximos en la venta del pan de sándwich en Puerto Rico y que ha sido emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
Para vigencia inmediata de la enmienda núm. 2 al Reglamento de precios núm. 3 que establece nuevos precios máximos para el pan y que ha sido emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
1973
Para enmendar el boletín administrativo núm. 1804 del 28 de septiembre de 1972 que reglamenta las relaciones contractuales entre el gobierno y funcionarios públicos que cesen en sus cargos.
Para comenzar a regir el Reglamento aprobado por el Secretario de Agricultura el 10 de septiembre de 1973 titulado “Reglamento para regir el Programa de Inversiones en facilidades para ganado de leche y para derogar el Reglamento para regir el Programa de facilidades ganaderas aprobado el 10 de diciembre de 1971”.
Para vigencia inmediata a la Enmienda Núm. 6 al Reglamento de Precios Núm. 20 para incluir la leche esterilizada y fijar precios máximos y que ha sido emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
Para vigencia inmediata de la enmienda número 1 al Reglamento de Precios Núm. 25 que establece nuevos precios máximos para la mantequilla y que ha sido emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor.
Para nombrar una comisión que estudio y recomiende medidas para la buena administración de los bienes patrimoniales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
1973
Para comenzar a regir el reglamento aprobado por el Secretario de Agricultura el 12 de septiembre de 1973 titulado, “Reglamento para Regir el Programa de Inversiones en facilidades para ganado, para carne y para derogar el Reglamento para regir el programa de facilidades ganaderas aprobado el 10 de diciembre de 1971.”
Para comenzar a regir el referido reglamento aprobado por el Secretario de Agricultura el 13 de septiembre de 1973, titulado “Reglamento para regir el programa de inversiones en facilidades avícolas y para derogar el reglamento para regir el programa de facilidades avícola aprobado el 10 de diciembre de 1971”
Para vigencia a las normas aprobadas por el Secretario de Agricultura el 19 de septiembre de 1973, tituladas “Normas Complementarias del Reglamento sobre el Pago del Suplemento de Precio a los caficultores por Café Producido y Vendido en Puerto Rico para consumo local”
1973
Para vigencia inmediata del Reglamento aprobado por el Secretario de Agricultura el 20 de septiembre de 1973, titulado “Reglamento para regir el Programa de Inversiones en el Mejoramiento del Beneficiado del Café”.
Para vigencia inmediata a la Enmienda núm. 1 al Reglamento de Precios Núm. 38 para variar los precios a nivel del consumidor de la salsa de tomate y las habichuelas enlatadas emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
Para la vigencia inmediata de las enmiendas al reglamento para el control de la contaminación atmosférica.
(Por el Gobernador Interino Francisco de Jesús Schuck)
Para señalar la fecha en que será efectiva la transferencia de las funciones dispuestas por la ley núm. 81 de 31 de mayo de 1973 y la eliminación de la comisión del niño.
( Por el Gobernador Interino Francisco de Jesús Schuck)
Para vigencia inmediata de la Enmienda Núm. 1 a la Orden P-19 que rebaja temporeramente el precio máximo de los alimentos de ave y ganado vacuno y porcino y que ha sido emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
Para enmendar el boletín administrativo núm. 1676 según enmendado por el boletín administrativo núm. 1868-A mediante el cual se crea el comité asesor de planificación de los recursos humanos.
Para establecer el puesto honorifico de Representante del Gobernador en Asuntos a la Defensa Civil en los Municipios. Dicho representante será nombrado por el Gobernador.
Para entrar en vigor un nuevo reglamento titulado “Reglamento para fijar tasas máximas de interés a pagarse sobre los depósitos bancarios en cuentas de ahorro y a plazo fijo y establecer las normas aplicables a tales depósitos”.
Para vigencia inmediata al Reglamento de Precios Núm. 20 emitida por el Secretario del Departamento de Asunto del Consumidor para revisar los precios máximos de la leche evaporada, la leche en polvo y la leche esterilizada y para autorizar la emisión de Órdenes de Precios periódicas.
Para derogar y dejar sin efecto la orden ejecutivo promulgada el día 15 de noviembre de 1971 por el entonces gobernador Luis A. Ferre incluida en el boletín administrativo número 1704 ,mediante la cual se delegaba en el directo de presupuesto ciertas facultades relacionadas con la administración presupuestaria de la oficina del administrador del fondo del seguro del estado y requería el asesoramiento y recomendaciones del negociado del presupuesto en materias presupuestarias sometidas por el fondo del seguro del estado para la aprobación del gobernador.
Para vigencia inmediata a la Orden P-19 (Enmienda 2) que establece nuevos precios máximos para el alimento de aves de ganado vacuno y porcino y que ha sido emitida por el Secretario de Asuntos del Consumidor.
Para que los departamentos, dependencias y corporaciones públicas que administran contratos y/o subvenciones otorgadas por el gobierno federal preparen y radiquen las propuestas de costos indirectos que dispone la carta circular A-87 del negociado del presupuesto federal.
Para vigencia inmediata de la Enmienda Núm. 1 a la Orden de Precios P-18 emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor.
(Por el Gobernador Interino Víctor M. Pons, hijo)
Para vigencia inmediata al Reglamento aprobado por el Secretario de Agricultura con fecha del 9 de noviembre de 1973 titulado “Reglamento sobre el Seguro de Siembras Nuevas de Cañas contra el Riesgo de Incendio”.
1951
15 de noviembre de 1973
Sobre coordinación de funciones ejecutivas para casos desastres.
Para vigencia inmediata a la enmienda al Reglamento sobre Registro de Contratos Gubernamentales en la Secretaria de Estado.
(Por el Gobernador Interino Víctor M. Pons, hijo)
Para vigencia inmediata al Reglamento Núm. 2 al Reglamento de Precios Núm. 9 emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor para revisar los precios máximos del cemento gris en sacos y a granel y para autorizar la emisión de Ordenes de Precios periódicas.
Para vigencia de la Enmienda Núm. 5 al Reglamento de Precios Núm. 17 emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor para revisar los precios máximos del azúcar refinado y para autorizar la revisión del diferencial máximo de refinamiento estableciendo mediante ordenes periódicas.
Para vigencia inmediata a la Orden P-19 (Enmienda 3) que establece nuevos precios máximos para el alimento de aves y de ganado vacuno y porcino y que ha sido emitida por el Secretario de Asuntos al Consumidor.
Para vigencia inmediata al Reglamento aprobado por el Secretario de Agricultura con fecha del 28 de noviembre de 1973, titulado “Reglamento para Regir la Concesión de la Ayuda Económica y Técnica no Recobrable para la Construcción de Obras y la Prestación de Servicios a los Residente de la Zona Rural”.
Para vigencia de la enmienda al Reglamento de la Policía sometida por el Superintendente para facilitar el reclutamiento de jóvenes que interesen ingresar en la Policía y hacer de esta su profesión.
Para vigencia inmediata al addendum a la Orden de Precios P-18 (Enmienda Núm. 2) emitida por el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor y en virtud de la autoridad que me confiere la Ley autorizo la vigencia inmediata.
1973
Para designar al Municipio de Toa Alta para que este comprendido en la zona de bajo desarrollo industrial, de acuerdo a las disposiciones de la Ley de Incentivo Industrial de 1963, según enmendada.