Para adicionar el Capítulo XV; enmendar y renumenrar el inciso (a)(1) del Artículo 1501 como inciso (a)(1) del Artículo 1601 y; renumerar el Capítulo XV, los incisos (a)(2), (3), (4), (5), (6), (7), (8), (9), (10), (11), (12), (13), (14), (b), (c) y (d) del Artículo 1501 y los Artículos 1502, 1503, 1504, 1505, el segundo 1506, el segundo 1507, el primero 1506 y el primer 1507 como Capítulo XVI, incisos (a), (2), (3), (4), (5), (6), (7), (8), (9), (10), (11), (12), (13), (14), (b), (c) y (d) del Artículo 1601 y Artículos 1602, 1603, 1604, 1605, 1606, 1607, 1608, 1609 de la Ley número 9 del 9 de enero de 1956, según enmendada, conocida como Ley General de Corporaciones para el Estado libre Asociado de Puerto Rico con el propósito de autorizar la organización de Corporaciones Especiales Propiedad de Trabajadores; adicionar los párrafos (35) y (36) al apartado (b) de la Sección 22 y adicionar un Suplemento "R" al Capítulo 3 de la Ley Núm. 91 del 29 de junio de 1954, según enmendada y; enmendar el título y los artículo 1, 3 y 5 de la Leu Núm. 37 del 20 de abril de 1979, según enmendada.