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Leyes Aprobadas 1974

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Leyes Aprobadas bajo la gobernación del Lcdo. Rafael Hernández Colón en el 1974

NÚMERO DE LEYES

FECHA

TÍTULO

Ley núm. 1

4 de febrero del 1975

Para adicionar un renglón 23-29 al Apartado (b) del Artículo 10, adicionar un Artículo 39 y enmendar la relación titulada “Impuestos sobre artículos y Mercancías” contenida en la parte A del Capítulo III de la Ley número 2, aprobada en 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”.

Ley núm. 1

30 de julio del 1974

Para disponer la conservación del derecho de juicio de novo para todo convicto en un proceso criminal en que haya participado un fiscal.

Ley núm. 1

14 de noviembre del 1974

Para enmendar el Apartado (b) del Artículo 34 de la Ley núm. 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”.

Ley núm. 1

10 de dciembre del 1974

Para enmendar el Artículo 1 de la Ley núm. 14, aprobada el 17 de abril de 1972, a los efectos de aumentar del ocho por ciento (8%) al nueve y medio por ciento (9½%) el tipo de interés máximo a ser devengado por los bonos, pagarés y otras obligaciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus municipios, las subdivisiones políticas de éstos, así como por las corporaciones públicas e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de sus municipios, hasta el 31 de diciembre de 1975.

Ley Núm. 2

15 de marzo del 1974

Para enmendar el Apartado (c) del Artículo 41 de la Ley núm.2, de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley Núm. 2

30 de julio del 1974

Para enmendar el Título y las Secciones 2, 3, 5,6, 7 y 9 de la Ley núm. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, conocida como “Ley de Juegos de Azar” para disponer lo relativo a la distribución de los ingresos de las tragamonedas; para imponer penalidades; y para derogar la definición “fichas” del Artículo 3, la clasificación titulada Artículo 40A del apartado (b) del Artículo 11, la clasificación titulada Artículo 40A de parte B del Capítulo III, el Artículo 40A, el apartado (g) del Artículo 61 y el último párrafo del Artículo 83 de la Ley Núm. 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada.

Ley Núm. 2

14 de noviembre del 1974

Para eximir de la imposición total y pago de contribuciones sobre la propiedad inmueble, por los años fiscales 1974-75 y 1975-76, a toda nueva estructura y su solar construida para la venta como propiedad residencial y tasada para estos años a los fines contributivos a nombre de la corporación o empresa constructora o persona que la construyó mientras esté desocupada y hasta que se venda o se ocupe total o parcialmente y para otros fines.

Ley Núm. 2

17 de diciembre del 1974

Para enmendar las Secciones 6 y 9 de la Ley Número 96 de 26 de junio de 1956, enmendada, conocida como “Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico”.

Ley núm. 3

29 de marzo del 1974

Para enmendar el Apartado (b) del Artículo 51 de la Ley núm. 2 de20 de enero del año 1956, según enmendada, conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 3

31 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 2, 4 y 5 y derogar el Artículo 3 de la Ley núm. 7 aprobada el 17 de abril de 1963, según enmendada, la cual fija el sueldo anual del Gobernador y de otros funcionarios de la Rama Ejecutiva, Legislativa y Judicial; y para disponer sobre los fondos para llevar a cabo los propósitos de esta ley.

Ley núm. 3

14 de noviembre del 1974

Para eximir de la imposición y pago de contribuciones sobre la propiedad a los dueños de las propiedades adquiridas y dedicadas a fines residenciales suyos o de su familia con posterioridad al 1ro de octubre de 1974, en el monto de la contribución no exonerada por la Ley núm. 269 del 11 de mayo de 1949, según enmendada, durante los años fiscales 1974-75. 1975-76 y 1976-77, cuando tales propiedades fueren adquiridas directamente de la persona que construyó o adquirió el proyecto de vivienda para la venta.

Ley núm. 3

17 de diciembre del 1974

Para enmendar el Artículo 58 de la Ley núm. 116 de 22 de julio de 1974, conocida como Ley Orgánica de la Administración de Corrección; para enmendar el Artículo 3 de la Ley núm. 172 del 23 de julio de 1974, la cual enmienda la Regla 162 y adiciona la Regla 162.1 a las Reglas de Procedimiento Criminal; para enmendar el Artículo 2 de la Ley núm. 239 del 23 de julio de 1974, la cual adiciona la Regla 162.2 a las Reglas de Procedimiento Criminal.

Ley núm. 4

4 de abril del 1974

Para enmendar el segundo párrafo del Inciso (a) de la Sección 12 de la Ley núm.42 Aprobada el 19 de junio de 1971.

Ley núm. 4

31 de julio del 1974

Para enmendar los incisos (a) y (b) de la Sección 23 de la Ley núm. 11 de 24 de julio de 1952, según enmendada, titulada “Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; y para disponer sobre los fondos para llevar a cabo los propósitos de esta ley.

Ley núm. 4

14 de noviembre del 1974

Para enmendar el Inciso (B) del Párrafo 6 del Apartado (a) de la Sección 2; las Secciones 3 y 4; el Párrafo 1 del Apartado (a) de la Sección10; la Sección 11 y la Sección 55 de la Ley núm. 113, aprobada en 10 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Patentes Municipales”.

Ley núm. 5

5 de abril del 1974

Para enmendar el inciso (4) del Apartado (a) del Artículo 51 de la Ley núm.2, aprobada en 20 de enero de 1956, conocida como “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 5

31 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo (1) de la Ley núm. 141 aprobada en 30 de junio de 1966, según enmendada, estableciendo los sueldos de los Fiscales del Departamento de Justicia y de los otros funcionarios comprendidos en el Servicio Exento; y para disponer sobre los fondos para llevar a cabo los propósitos de esta Ley.

Ley núm. 5

14 de noviembre del 1974

Para enmendar los incisos (D),(E), (F) y (G) del párrafo 1; enmendar el párrafo 2 y adicionar un párrafo 3 al apartado (j) de la Sección 2 de la Ley núm. 6, aprobada en 15 de diciembre de 1953, según enmendada; y para enmendar los inciso (D), (E), (F) y (G) del párrafo (3) al apartado (j) de la Sección 2 de la Ley núm. 57, aprobada en 13 de junio de 1963, según enmendada.

Ley núm. 6

5 de abril del 1974

Para enmendar el apartado (c) de la Sección 276 de la Ley núm. 91, de 29 de junio de 1954, según enmendada, que establece el período de para el cobro de contribuciones sobre ingresos.

Ley núm. 6

31 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 19 de la Ley número 3 aprobada el 2 de septiembre de 1955, conocida como “Ley del Registro de la Propiedad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, según ha sido enmendada, con el objeto de fijar remuneración del Director Administrativo sobre los fondos para llevar a cabo los propósitos de esta ley.

Ley núm. 6

14 de noviembre del 1974

Para enmendar el Artículo 1 y para adicionar un Artículo 10(B) a la Ley número 10 de 5 de julio de 1973, según enmendada, para autorizar al Secretario de la Vivienda a incurrir en obligaciones bajo el programa que dicha ley establece, hasta una cantidad de doce millones doscientos mil(12,200,000) dólares para establecer un precio máximo de treinta mil (30,000) dólares para viviendas desarrolladas en terrenos de alto costo y/o en edificios multipisos y veintiséis mil quinientos (26,500) dólares para las viviendas a desarrollarse en zonas de baja densidad.

Ley núm. 7

5 de abril del 1974

Para adicionar un inciso (d) al párrafo (1) del apartado (c) del Artículo 34 de la Ley núm.2 de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”

Ley núm. 7

8 de agosto del 1974

Para crear el cargo del Juez Municipal, establecer requisitos, funciones, términos y remuneración; incluir disposiciones referentes a los jueces de paz; y asignar fondos.

Ley núm. 8

9 de abril del 1974

Para enmendar la cláusula tercera del apartado (e) del Artículo 12 de la Ley número 35 de 14 de junio de 1969.

Ley núm. 8

8 de agosto del 1974

Para enmendar el inciso 5 del Artículo 271 del Código de Enjuiciamiento Criminal; proveer un arancel automático en mociones escritas o verbales de suspensiones y disponer otros extremos.

Ley núm. 9

9 de abril del 1974

Para enmendar el Artículo 4 de la Ley núm. 22 de 22 de abril de 1931,según enmendada, a los efectos de reglamentar la práctica de la acupuntura en Puerto Rico; y para extender la aplicación de penalidades establecidas bajo el Artículo 9 de dicha ley a las personas convictas de practicar ilegalmente la acupuntura.

Ley núm. 9

8 de agosto del 1974

Para enmendar la Sección 11 del a Ley de 11 de marzo de 1909, para establecer un límite máximo para los honorarios contingentes.

Ley núm. 10

9 de abril del 1974

Para enmendar el Artículo 45 de la Ley núm. 1 de 15 de junio de 1973, conocida como “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito”.

Ley núm. 10

8 de agosto del 1974

Para enmendar el Artículo 5-011 de la Ley núm. 1 aprobada el 13 de febrero de 1974, conocida “Código Electoral de Puerto Rico”.

Ley núm.11

15 de abril del 1974

Para autorizar y reglamentar la donación y disposición de cadáveres o partes de éstos, órganos y tejidos proveniente de un cuerpo humanos vivo, el consentimiento para autopsias clínicas y estudios anatómicos; y para crear una Junta de Disposición de Cuerpos, Órganos y Tejidos Humanos; para derogar las Leyes núm.33 de 28 de abril de 1927, y núm. 34 de 30 de marzo de 1950, según enmendada que crea la Junta de Anatomía Normal; transferir las funciones de ésta; para establecer penalidades por violaciones a esta ley; y para disponer fondos necesarios para la implementación y funcionamiento de esta ley.

Ley núm. 11

8 de agosto del 1974

Para enmendar las Secciones 8 y 14 de la Ley núm. 11 de 24 de julio de 1952, según enmendada, y autorizar el establecimiento de sesiones o secciones apelativas del Tribunal Superior de Puerto Rico.

Ley núm. 12

18 de abril del 1974

Para enmendar la Sección 44 de la Ley núm.218 de 6 de mayo de 1951, enmendada, conocida como “Ley de Retiro para Maestros”.

Ley núm. 12

8 de agosto del 1974

Para enmendar el Artículo 678 del Código de Enjuiciamiento Civil de 1933 que establece las prohibiciones para la utilización del auto de injuction u orden de entredicho.

Ley núm. 13

18 de abril del 1974

Para declarar que el domingo de la primera semana del mes de octubre de sea observado como “Día de la Juventud”.

Ley núm. 13

8 de agosto del 1974

Para enmendar el inciso (c) de la Regla 53.1 y la Regla 53.4 de las Reglas de Procedimiento Civil para el Tribunal General de Justicia, adoptadas por el Tribunal Supremo de Puerto Rico el 15 de noviembre de 1957, y remitidas a la Asamblea Legislativas el 13 d enero de 1958, según enmendada.

Ley núm. 14

18 de abril del 1974

Para enmendar el Inciso (e) del párrafo (3) del apartado (b) del Artículo 22 de la Ley núm. 2 del 20 de enero de 1956, según enmendada, titulada “Ley de Impuesto sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”.

Ley núm. 14

8 de agosto del 1974

Para autorizar al Superintendente de la Policía a pagar de los fondos destinados al presupuesto funcional de la Policía de Puerto Rico, hasta una suma de quince mil (15,000) dólares en recompensa a la persona o personas cuya información conduzca a la captura de un individuo acusado yo convicto de haber violado las leyes penales del país, y que se haya evadido de una institución penal o hay sido declarado prófugo de la justicia.

Ley núm. 15

18 de abril del 1974

Para enmendar el apartado (b) del Artículo 60 de la Ley número 2 de 20 enero de 1956, según enmendada, conocida como “Ley de Impuesto sobre Artículos Uso y Consumo de Puerto Rico”.

Ley núm. 15

9 de agosto del 1974

Para enmendar el Artículo 10 de la Ley núm. 45 de 18 de abril de 1935, según ha sido subsiguientemente enmendada, conocida como “Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”.

Ley núm. 16

26 de abril del 1974

Para enmendar el título y los Artículos 1 y 2 y adicionar el Artículo 4 a la Ley núm.72 de 20 de junio de 1956, según enmendada, por la que se autoriza la concesión de préstamos para viajes culturales a maestros, empleados y funcionarios públicos.

Ley núm. 16

9 de agosto del 1974

Para enmendar el inciso © del Artículo 24, derogar el Inciso (f) de dicho Artículo y enmendar los Incisos (f) y (h) del Artículo 2 de la Ley número 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada conocida como “Ley de Servicios Público de Puerto Rico”, y a su vez enmendar el Inciso (c) de la Sección 8-101 y la Sección 1-143 de la Ley número 141 de 20 de julio de 1960, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”.

Ley núm. 17

26 de abril del 1974

Para enmendar el inciso 1 de la Sección 5 de la Ley núm.112 de5 de mayo de de 1939, según enmendada, que garantiza seguridad a los obreros en sus empleos.

Ley núm. 17

9 de agosto del 1974

Para crear la Comisión sobre la Reforma Educativa, definir sus poderes y funciones y asignar fondos para su funcionamiento.

Ley núm. 18

26 de abril del 1974

Para enmendar el Apartado (f) de la Sección 54 de la Ley número 91, aprobada el 29 de junio de 1954, según enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones sobre Ingresos de 1954”.

Ley núm. 18

9 de agosto del 1974

Para crear la Administración de Servicios Municipales de Puerto Rico; disponer para su organización y funcionamiento; establecer sus funciones, deberes y facultades; asignar fondos para su funcionamiento; y para enmendar los Artículos 101 y 105 de la Ley núm. 142 de 21 de julio de 1960, según enmendada, conocida como Ley Municipal.

Ley núm. 19

26 de abril del 1974

Para enmendar la Sección 6-A de la Ley número 76, aprobada el 19 de marzo de 1946, según enmendada.

Ley núm. 19

9 de agosto del 1974

Para enmendar el título y el Artículo 1 de la Ley núm. 17 de 11 de abril de 1968, según enmendada, aumentando el límite de la garantía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, allí establecido, de $150,000,000 a $300,000,000.

Ley núm. 20

26 de abril del 1974

Para enmendar el Artículo núm.22 de la Ley núm. 62 aprobada en 30 de mayo de 1973.

Ley núm. 20

9 de agosto del 1974

Para crear el Instituto Autónomo de Estudios Tarifarios; para establecer sus funciones y poderes, y para asignar fondos.

Ley núm. 21

29 de abril del 1974

Para enmendar la Sección 5 de la Ley número 71 del 26 de abril de 1940.

Ley núm. 21

9 de agosto del 1974

Para enmendar las Secciones 2, 4, 5, 8, 10, 12 y 23 de la Ley núm. 74 de 21 de junio de 1956, enmendada, conocida como “Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico”.

Ley núm. 22

29 de abril del 1974

Para enmendar el Artículo 277 del Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico, según enmendada.

Ley núm. 22

9 de agosto del 1974

Para crear el Centro de Control de Calidad de Puerto Rico; establecer sus funciones, poderes y fondos aún disponibles en virtud de la resolución Conjunta núm. 38, aprobada en 25 de mayo de 1973; para asignarle fondos adicionales, y establecer penalidades.

Ley núm. 23

29 de abril del 1974

Para enmendar el inciso (12) del Artículo 11 de la Ley número 9, aprobada el 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como “Ley sobre Política Pública Ambiental”.

Ley núm. 23

9 de agosto del 1974

Para eximir del pago de toda clase de contribuciones los premios a pagarse a los dueños de caballos de carreras extranjeros que participen en el Clásico Internacional del Caribe a tener efecto en Puerto Rico el 30 de noviembre y 1ro de diciembre de de 1974.

Ley núm. 24

1 de mayo del 1974

Para conceder a todo contribuyente que en o antes del 30 de junio de 1974 pague en su totalidad ciertas clases de contribuciones por él adeudas al Estado Libre Asociado de Puerto rico a la fecha de vigencia de la ley, un alivio contributivo mediante el relevo de ciertos intereses, penalidades y recargos acumulados o que se acumulen sobre tales contribuciones hasta el 30 de junio de 1974.

Ley núm. 24

9 de agosto del 1974

Para enmendar las Secciones 3 y 4 y adicionar las Secciones 5,6 y 7 de la Ley número 28 de 23 de abril de 1931, según ha sido enmendada, que promueve la Instrucción Vocacional en Puerto Rico.

Ley núm. 25

6 de mayo del 1974

Para crearla Autoridad de Teléfonos de Puerto Rico; definir sus deberes, poderes y responsabilidades; autorizar a dicha autoridad para adquirir la Puerto Rico Telephone Company o su sistema de teléfonos y ejercer todos sus derechos en relación con el dominio sobre el mismo; proveer para la asignación de a la Autoridad de la contribuciones del Estado Libre Asociado impuestas sobre o que surjan de dicha adquisición o la distribución o recibo del precio de adquisición; facultar a dicha autoridad a operar y conservar o proveer para la operación y conservación de dicho sistema telefónico y mejorar y expandir dicho sistema y adquirir y mejorar otras facilidades de comunicación; facultar a la autoridad a tomar dinero a préstamo y emitir bonos y otras obligaciones y fijar condiciones, garantías y forma de pago de los mismos; facultar a dicha autoridad para fijar tarifas y cargos por el uso de los servicios suministrados por dicho sistema telefónico y otras facilidades de comunicación; conceder exención de contribuciones sobre la propiedad, ingreso y bonos a dicha autoridad y proveer para la transferencia del activo y pasivo de la Autoridad de Comunicaciones de Puerto Rico a la Autoridad de Teléfonos de Puerto Rico.

Ley núm. 25

9 de agosto del 1974

Para enmendar el Apartado cinco (5) de la Sección 9 de la Ley núm. 113 aprobada el 10 de julio de 1974, conocida como “Ley de Patentes Municipales”.

Ley núm. 26

8 de mayo del 1974

Para crear un Comité Interagencial de Acción Pro Guaynabo, definir sus deberes y poderes y para asignar los fondos necesarios para llevar a cabo sus propósitos.

Ley núm. 26

22 de agosto del 1974

Para disponer la organización, reglamentación y gobierno de la Policía de Puerto Rico y derogar la Ley núm. 77 de 22 de junio de 1956, la Ley núm. 40 de 13 de junio de 1958, y la Ley núm. 107 de 29 de junio de 1965, según enmendada.

Ley núm. 27

8 de mayo del 1974

Para enmendar el Articulo 7 de la Ley número 96, aprobada el 29 de junio de 1963, según enmendada, la cual autoriza la contratación de médicos extranjero por el Secretario de Salud previa posesión de licencias provisionales expedidas por el Tribunal Examinador de Médicos.

Ley núm. 27

22 de agosto del 1974

Para crear el Instituto de Puertorriqueño de Artes Industriales Cinematográficas y de Televisión, determinar sus propósitos, funciones y poderes y asignar fondos.

Ley núm. 28

8 de mayo del 1974

Para autorizar a la Corporación Azucarera de Puerto Rico a emitir bonos o pagarés hasta una cantidad de principal de $150 millones, con el propósito de rembolsar al banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico por balances adeudados resultantes de adelantos hechos y por hacer por dicho Banco a la Administración de Terrenos, a la Autoridad de Tierras y a la Corporación Azucarera de Puerto Rico en relación a la operación de propiedades azucareras perteneciente a u operadas por dichas agencias públicas y para proveer fondos para pagar bonos o pagarés adicionales a ser emitidos más adelante por dicha Corporación Azucarera de Puerto Rico, bajo líneas de crédito relacionadas con dichas operaciones ; proveyendo para la garantía del Estado Libre Asociado de puerto Rico para el pago del principal e intereses de dichos bonos o pagarés, y para derogar la Ley núm.26, de 11 de mayo de 1973.

Ley núm. 29

10 de mayo del 1974

Para enmendar el primer párrafo del Apartado (f) de la Sección 2; y re designar el anterior Apartado (k) como Apartado (l) de la Sección 2 de la Ley número 57 del 13 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivos Industrial de Puerto Rico de1963”.

Ley núm. 30

10 de mayo del 1974

Para derogar los párrafos (a), (b), (c) y (f) y re designar los párrafos (d), (e) y (g) como párrafos (a), (b) y (c) respectivamente del Inciso (1) del Apartado (b) del Artículo 22 de la ley núm. 2 de 20 d enero de1956, según enmendada, conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 31

10 de mayo del 1974

Para imponer para el año económico 1974-75 para cada año económico subsiguiente, una contribución adicional del uno por ciento (1%) anual sobre el valor tasado de toda propiedad mueble de Puerto Rico y de tres por ciento (3%)anual sobre el valor tasado de toda propiedad inmueble en Puerto Rico, no exentas o exoneradas de contribución.

Ley núm. 32

10 de mayo del 1974

Para adicionar un renglón 15A al apartado (b) del Artículo 10; enmendar la relación titulada impuestos sobre Artículos y Mercancías” contenida en la Parte A del Capítulo III y adicionar un Articulo 30A a la Ley núm. 2 de 20 de enero de 1956, “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico” según enmendada.

Ley núm. 33

10 de mayo del 1974

Para adicionar un párrafo (6) al Apartado (d) del Artículo 34 de la Ley núm. 2 del 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 34

10 de mayo del 1974

Para enmendar el renglón 15-30 del apartado (b) del Artículo 10; enmendar el apartado (c) del Artículo 30, y enmendar el Artículo 83 de la Ley 2, aprobada el 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 35

10 de mayo del 1974

Para enmendar el renglón 12-27 del Apartado (b) del Artículo 10, de la Ley núm. 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 36

10 de mayo del 1974

Para enmendar el título y las Secciones 1 y 2 de la ley núm. 45 de 30 de mayo de 1972, que autoriza a deducir del sueldo de empleados del Gobierno de Puerto Rico acogidos a planes de salud complementarios, la prima de seguro correspondientes, a los fines de hacer extensiva dicha ley a los empleados municipales y a las corporaciones públicas.

Ley núm. 37

10 de mayo del 1974

Para enmendar el Artículo 502 de la Ley núm. 4, aprobada el 23 de junio de 1971, según enmendada, conocida como la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico.

Ley núm. 38

10 de mayo del 1974

Para ordenar la distribución entre los trabajadores con derecho a ello de los fondos de reserva de las fincas de beneficio proporcional creadas en virtud de la Ley de Tierras, la núm. 26 del 12 de abril de 19441.

Ley núm. 39

10 de mayo del 1974

Para enmendar el Artículo 135 del Código Civil y el Artículo 613A del Código de Enjuiciamiento Civil, enmendados.

Ley núm. 40

15 de mayo del 1974

Para transferir al Departamento de Recursos Naturales las funciones y disposiciones de la Ley núm. 47 de 6 de junio de 1963; los fondos asignado al Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado mediante la Ley núm. 53 de 21 de junio de 1971, según esta asignación fue enmendada por la Resolución Conjunta núm. 24 de 21 de junio de 1972; y para autorizar al Secretario de Recursos Naturales a contratar con las agencias estatales y federales en Puerto Rico o transferir a ésta los fondos objeto de esta ley, para la protección de la cuencas hidrográficas y para el estudio de la conservación y desarrollo de los recursos de agua de Puerto Rico.

Ley núm. 41

16 de mayo del 1974

Para re designar el segundo Capítulo XIV y la Sección 14-101 de su Artículo 1 como Capítulo XV y Sección 15-101 respectivamente, re designar la Sección 14- 102 como 15-102 y enmendar su inciso (40), todos de la Ley núm. 141 de 20 de julio de 1960, según enmendada, conocida como Ley de Vehículos de Transito.

Ley núm. 42

16 de mayo del 1974

Para enmendar el Artículo 5, de la Ley número 291 de 9 de abril de 1946, según enmendada, conocida como Ley General de Sociedades Cooperativas.

Ley núm. 43

16 de mayo del 1974

Para enmendar la Sección 6 de la Ley 99 del 27 de junio de 1956 conocida como Ley Notarial de Puerto rico de 1957, según ha sido subsiguientemente enmendada.

Ley núm. 44

20 de mayo del 1974

Para enmendar los Artículos 2, 5, 6 y 7 de la Ley núm. 97, de 19 de junio de 1968, según enmendada, relativa al pago de dietas y millaje a los miembros de la Asamblea Legislativa.

Ley núm. 45

21 de mayo del 1974

Para enmendar el inciso (a) del Artículo 17, de la Ley número 68 de 21 de junio de 1966, enmendada; proveyendo para la creación de un fondo rotativo especial que se denominará “ Fondo de Investigaciones de la Cooperativas” ; autorizando al Inspector de Cooperativas de Puerto Rico la administración de dicho fondo, y para otros fines.

Ley núm. 46

24 de mayo del 1974

Para enmendar el Artículo 2.040; el inciso (b) del Artículo 9.480; el Inciso (2) del Artículo 10.110; el Artículo 12.400; el Artículo 21.150; el Artículo 21.210; el Inciso (1) del Artículo 27.190; el Inciso (2) del Artículo 27.200 para adicionar los Artículos 3.211 y 9.061 a la Ley núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Códigos de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 47

30 de mayo del 1974

Para enmendar las Secciones 3 (i) (2) (A) y 10(b) de la Ley núm. 139 de 26 de junio de 1968, según enmendada, conocida como: “Ley de Beneficios por Incapacidad”.

Ley núm. 48

30 de mayo del 1974

Para enmendar el inciso (e) del Artículo 3 de la Ley núm. 428 de 15 de mayo de 1950, según enmendada, conocida como “Ley de Seguro Social para Chóferes y otros empleados”.

Ley núm. 49

30 de mayo del 1974

Para enmendar el párrafo 2B (1) del Artículo 3 de la Ley número 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como “Ley de Compensaciones por Accidente del Trabajo”.

Ley núm. 50

30 de mayo del 1974

Para enmendar el segundo inciso (a) del Artículo 19 de la Ley núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, que establece el Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus instrumentalidades.

Ley núm. 51

1 de junio del 1974

Para derogar los párrafos (2) y (4) de la Sección 101 y enmendar el Inciso (A) del párrafo (1) del Apartado (a) de la Sección 119 de la Ley núm. 91 aprobada el 29 de junio de 1954, según enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones Sobre Ingresos de 1954”.

Ley núm. 52

4 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 32 de la Ley núm. 45 de 18 de abril 1935, según enmendada, conocida como “Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”.

Ley núm. 53

4 de junio del 1974

Para enmendar el subinciso (b) del inciso (1) de la Sección 4 de la Ley número 138 de 26 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Protección Social por Accidente de Automóviles”.

Ley núm. 54

4 de junio del 1974

Para enmendar el apartado (a), párrafo (1) de la Sección 372; los apartados (d) y (g) de la Sección 373; la Sección 392; los apartados (a) y (b) de la Sección 394 y las Secciones 395; 396; 397y 398 de la Ley núm. 167 de 30 de junio de 1968, según enmendada, conocida como Ley de Contribuciones sobre Caudales Relictos y Donaciones de Puerto Rico.

Ley núm. 55

4 de junio del 1974

Para ratificar el pago de compensación extraordinaria a los empleados de la Imprenta de Área de Compra y Suministro de la Administración de Servicios Generales por la horas que trabajaron después de sus horas regulares de trabajo, y en días feriados y festivos en la impresión de trabajos de carácter urgente sometidos por las agencias gubernamentales y demás ramas del Gobierno Estatal y Municipal; para autorizar que se continúe esta práctica y para especificar la forma en que deberá efectuarse el pago de dicha compensación extraordinaria en el futuro.

Ley núm. 56

4 de junio del 1974

Para enmendar el inciso (a) del Artículo 45 de la Ley número 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 57

4 de junio del 1974

Para enmendar el inciso (a) del Artículo 22 y el inciso (5) del Artículo 26 de la Ley núm.17, aprobada el 19 de enero de 1951, según enmendada, conocida como la Ley de Armas de Puerto Rico.

Ley núm. 58

4 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 3, de la Ley núm. 117, aprobada en 7 de junio de 1973, que adiciona un Capitulo XV, sobre el cobro de Derechos, a la Ley núm. 141, de 20 de julio de 1960, según enmendada; enmendar los apartados 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la Sección 15-102 de la Ley núm. 141, aprobada el 20 de julio de 1960, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos de Tránsito de Puerto Rico”.

Ley núm. 59

6 de junio del 1974

Para autorizar al Secretario de Instrucción a establecer distritos escolares experimentales, promulgar la reglamentación necesaria a este fin, y facilitar la contratación de personal y la adquisición de equipo y materiales.

Ley núm. 60

6 de junio del 1974

Para adicionar un apartado siete (7) al inciso “(c)” del Artículo 41 de la Ley núm. 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico, a los fines de eximir del pago de arbitrios a toda cantidad que añada al precio del boleto de un espectáculo público para beneficio exclusivo del Fondo Olímpicos de los Juegos panamericanos de 1979.

Ley núm. 61

6 de junio del 1974

Para enmendar el inciso (a) de la Artículo 8 y los párrafos primero y cuarto del Artículo 23 de la Ley número 291 de 9 de abril de 1946, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico”.

Ley núm. 62

10 de junio del 1974

Para crear la Autoridad de la Navieras de Puerto Rico; definir sus deberes, poderes y responsabilidades; facultar a dicha Autoridad para adquirir, construir, poseer, operar y mantener todo tipo de facilidades de transportación marítima ; facultar a ;a la Autoridad para fijar tarifas y cargos por el uso de las facilidades y para eximir la propiedad, los ingreso y los bonos de Autoridad del pago de contribuciones ; y proveer para la garantía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para el pago del principal y los intereses sobre los bonos emitidos por la Autoridad por una cantidad que exceda de $60,000,000.

Ley núm. 63

10 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 10 de la Ley núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como “Ley de Compensaciones por Accidente del Trabajo”

Ley núm. 64

13 de junio del 1974

Para enmendar el inciso (s) del Artículo 6 de la Ley número 68 de 8 de junio de 1960, según enmendada, que creó la Corporación de Créditos Agrícolas.

Ley núm. 65

13 de junio del 1974

Para enmendar los Artículos 5, 6, 7, 8, 10, 11, 16 y 18 de la Ley núm. 3mero 17, aprobada en 3 de mayo de 1967, según enmendada, conocida como “ ley para Reglamentar la venta de Giros”.

Ley núm. 66

13 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 98 de la Ley número 22 de 20 de enero de 1956, según enmendada conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 67

13 de junio del 1974

Para enmendar los Artículos 3.070, 13.010 y adicionar los Artículos 13.290, 13.3000, 13.310, 13.320, 13.330, 13.340 y 13.350 a la Ley 77 de 19 de junio e 1957, según enmendada, conocida como el Código de Seguros de Puerto Rico.

Ley núm. 68

13 de junio del 1974

Para enmendar el inciso (m) de la Sección 14 de la Ley núm. 55 del 2 de mayo de 1933, según enmendada, conocida como Ley de Bancos.

Ley núm. 69

13 de junio del 1974

Para enmendar el inciso (160) del Artículo 11 de la Ley núm. 40 de 23 de abril de 1928 según ha sido enmendada, conocida como Ley de Compañías de Fideicomisos.

Ley núm. 70

14 de junio del 1974

Para enmendar la Sección 25 de la Ley 11 e 24 de julio de 1952, según subsiguientemente enmendada conocida como Ley de la Judicatura de 1952, y disponer que el nombramiento de Director Administrativo de los Tribunales recayere sobre un juez del Tribunal de Primera Instancia, dicho magistrado continuará en la Judicatura aun cuando sus facultades y poderes judiciales queden suspendidos.

Ley núm. 71

14 de junio del 1974

Para enmendar los Artículos 5 y 9 de la Ley núm. 109, 6 de junio de 1973, la cual crea la “Comisión para el Estudio de la Transportación de Carga en Puerto Rico”.

Ley núm. 72

18 de junio del 1974

Para enmendar la Sección 1 de la Ley número 8, aprobada el 10 de abril de 1964, según ha sido enmendada.

Ley núm. 73

18 de junio del 1974

Para enmendar el Inciso (h) del Artículo 5 de la Ley núm. 106 de 26 de junio de 1962, según enmendada, conocida como Ley del Centro Médico de Puerto Rico.

Ley núm. 74

18 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 13 de la Ley núm. 19 de 8 de mayo de 1973, conocida como “Ley de Abonos de Puerto Rico”.

Ley núm. 75

18 de junio del 1974

Para enmendar los párrafos (a), (b) y (c) del Apartado 1, el párrafo (b) del Apartado 2 y el Apartado 3 del Artículo 6 de la Ley núm. 143 de 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Ley de Bebidas de Puerto Rico e imponer un tributo sobre existencia (Floor Stock Tax).

Ley núm. 76

19 de junio del 1974

Para enmendar la Sección 4 de la Ley núm. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, conocida como Ley de Juegos de Azar.

Ley núm. 77

21 de junio del 1974

Para adicionar un inciso (c) a la Sección 3-103 de la Ley núm. 141 de 20 de julio de 1960, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito”, autorizando al Secretarios de Transportación y Obras Públicas a expedir bajo ciertas condiciones licencias de conducir a personas que no supieren leer ni escribir y para disponer sobre la asignación de fondos.

Ley núm. 78

21 de junio del 1974

Para derogar el inciso (22) y enmendar el inciso (7) del Artículo 5; adicionar un Artículo 46A a la parte B del Capítulo III y adicionar un apartado (f) al Artículo 126 de la Ley número 143, como “Ley de Bebidas de Puerto Rico”.

Ley núm. 79

21 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 22 de la Ley núm. 143, aprobada en 30 de junio de de 1969, según enmendada, conocida como “Ley de Bebidas de Puerto Rico”.

Ley núm. 80

21 de junio del 1974

Para enmendar los Artículos 330 y 348 del Código Político Administrativo de Puerto Rico, según enmendado, y la Sección 1 de la Ley núm. 80 de 25 de junio de 1959.

Ley núm. 81

21 de junio del 1974

Para enmendar el apartado (f) de la Sección 146; el apartado (a) (1) de la Sección 272; los apartados (d) y (h) de la Sección 273: Sección 292; los aparatos (a) y (b) de la Sección 294; Sección 295; 296; 297 y 298 de la Ley número 91, aprobada en 29 de junio de 1954, según enmendada, conocida como Ley de Contribuciones sobre Ingreso de 1954.

Ley núm. 82

21 de junio del 1974

Para enmendar el Apartado (A) del Artículo 13 de la Ley núm. 143 de 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como Ley de Bebidas de Puerto Rico.

Ley núm. 83

21 de junio del 1974

Para enmendar el Apartado (a) del Artículo 87 de la Ley Núm. 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como la Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 84

21 de junio del 1974

Para enmendar los incisos (a) y (b) de la Sección 5 de la Ley 96 del 29 de junio de 1954 según enmendada, conocida como “Ley de Compras y Servicios”.

Ley núm. 85

21 de junio del 1974

Para enmendar el Apartado (e) del Artículo 48 y el Apartado (d) del Artículo 66 de la Ley número 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como la “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”.

Ley núm. 86

26 de junio del 1974

Para adicionar un inciso (e) a la Sección 2, enmendar la Sección 3, los incisos (a) y (c) de la Sección 7, y las Secciones 8, 9, 17, 28 y 35A del a Ley núm. 133 de 28 de junio de 1966, según enmendada, conocida como “Ley de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.

Ley núm. 87

26 de junio del 1974

Para enmendar el inciso (d) del Artículo 6, los Artículos 8 y 10, el inciso (b) del Artículo 13, el Artículo 16, los incisos (a) y (b) del artículo 17, el Artículo 18, y el Artículo 19 de la Ley núm. 5 del 23 de abril de 1973 conocida como Ley Orgánica del Departamento del Consumidor”.

Ley núm. 88

26 de junio del 1974

Para adicionar a las Reglas de Procedimiento Criminal de Puerto Rico la Regla 95.1 y disponer la Conferencia con Antelación a Juicio en causas criminales.

Ley núm. 89

26 de junio del 1974

Para enmendar la Regla 119 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico, y autorizar expresamente al Tribunal a iniciar el examen sobre la capacidad para actuar como jurado.

Ley núm. 90

26 de junio del 1974

Para enmendar la Regla 159 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico según enmendada, a fin de autorizar las funciones de i interrogar testigos bajo juramento y presentar la prueba del pueblo en procesos ante el Tribunal de Distrito al fiscal de Distrito.

Ley núm. 91

26 de junio del 1974

Para enmendar las Reglas 193, 216 y 217 de Procedimiento Criminal de Puerto rico, según enmendada.

Ley núm. 92

26 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 3 de la Ley núm. 107 de 29 de junio de 1965, que crea el Cuerpo de Investigación Criminal en la Policía de Puerto Rico; y para disponer sobre los fondos para llevar a cabo los propósitos de esta ley.

Ley núm. 93

26 de junio del 1974

Para adicionar nuevas escalas de retribución mensual para los miembros de la Policía, al Artículo 9 de la Ley núm. 77 del 22 de junio de 1956, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico”, según enmendada; y para disponer sobre los fondos para llevar a cabo los propósitos de esta ley.

Ley núm. 94

26 de junio del 1974

Para adicionar un renglón 16A al apartado (b) del Artículo 10; enmendar la relación titulada “Impuestos sobre Artículos y Mercancías” contenida en la parte A del Capítulo III y adicionar un Artículo 31A a la Ley núm. 2 de 20 de enero de 1956, conocida como la “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”, según enmendada.

Ley núm. 95

26 de junio del 1974

Para autorizar la emisión de pagarés del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por una suma no mayor de $100,000,0000 a ser pagados del producto de los arbitrios federales impuestos a los embarques de Puerto Rico a los Estados Unidos que recibe el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con el propósito de proveer los fondos necesarios, junto a otros que se estiman disponibles, para sufragar las asignaciones establecidas en el Presupuesto Anual del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para el año fiscal que termina el 30 de junio de 1974 y para restablecer un superávit razonable para dicho año fiscal.

Ley núm. 96

26 de junio del 1974

Para crear la Biblioteca General de Puerto Rico, la Sala “Eugenio María de Hostos”; autorizar al Instituto de Cultura Puertorriqueña a aceptar donativos para dicha sala y asignar fondos para la habilitación y el funcionamiento de la misma.

Ley núm. 97

26 de junio del 1974

Para adicionar los incisos I y J al párrafo cuarto del Artículo 2 de la Ley núm. 17, aprobada el 23 de septiembre de 1948, según enmendada, que facultan al Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico a adquirir acciones y otros valores, a garantizar préstamos y otras obligaciones incurridas por entidades privadas y públicas y a crear empresas subsidiarias o afiliadas.

Ley núm. 98

26 de junio del 1974

Para enmendar los Artículos 1, 2, 3 y 11 de la Ley número 34 del 13 de junio de 1966, enmendada, que establece un sistema de retribución para los maestros de Instrucción Pública y para asignar fondos.

Ley núm. 99

26 de junio del 1974

Para enmendar la Sección 3 de la Ley núm. 117 del 30 de junio de 1965, según enmendada.

Ley núm. 100

26 de junio del 1974

Para enmendar el Inciso (1) del Artículo 2, los Incisos 1, 2, 3 y 4 del Artículo 5, el Artículo 6, adicionar un Artículo 9 reenumerar el Artículo 9 de la Ley núm. 67 de 31 de mayo de 1973.

Ley núm. 101

27 de junio del 1974

Para enmendar el Título, la Exposición de Motivos, y los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley núm. 70 aprobada el 31 de mayo de 1973.

Ley núm. 102

27 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 25 de la Ley núm. 109, de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”.

Ley núm. 103

27 de junio del 1974

Para enmendar el Inciso (a) del Artículo 16, los Incisos (a) y (b) del Artículo 17, el Artículo 22, el Inciso (f) del Artículo 23, el Artículo 30, el Inciso (d) del Artículo 49 y adicionar un Inciso (c) al Artículo 17 de la núm. 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como la “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”.

Ley núm. 104

27 de junio del 1974

Para enmendar el Inciso (b) del Artículo 14 de la Ley 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público” y adicionar el Inciso (c) a dicho Artículo 14.

Ley núm. 105

27 de junio del 1974

Para enmendar el Artículo 7 de la Ley 106, aprobada el 26 de junio de 1962, según enmendada, conocida como Ley de Centro Médico de Puerto Rico”.

Ley núm. 106

28 de junio del 1974

Para enmendar la Sección 22, (b) 1 y 2, de la Ley de la Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Ley núm. 83 aprobada el 2 de mayo de 1941, según enmendada.

Ley núm. 107

28 de junio del 1974

Para preservar la indivisión y zonificar como de uso agrícola los terrenos concedidos en venta o en usufructo bajo las disposiciones del Título VI de la Ley de Tierras de Puerto Rico y los terrenos que con fines de mantenerlos y/o dedicarlos a uso agrícola haya adquirido y en futuro adquiera la Administración de Terrenos de Puerto Rico y cualquiera otra agencia, instrumentalizad o corporación pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Ley núm. 108

5 de julio del 1974

Para enmendar el Inciso (b) de la Sección 1 de la Ley núm. 57 aprobada el 13 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 109

5 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 177 del Código Político de 1902, según enmendado y adicionar una prohibición a que los funcionarios, empleados, y profesionales del gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus agencias, instrumentalidades o municipios reciban compensación adicional, con excepción de dietas y gastos de viaje ordinarios, por su comparecencia y testimonio ante los Tribunales de Estado Libre Asociado u otros organismos administrativos de naturaleza cuasi judicial.

Ley núm. 110

8 de julio del 1974

Para aumentar las pensiones y beneficios concedidos en o antes del 1ro de julio de 1974 bajo las disposiciones del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus Instrumentalidades, bajo los fondos o pensiones sobreseído por éste, bajo el Sistema de Retiro para la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para proveer sobre los fondos necesarios.

Ley núm. 111

8 de julio del 1974

Para proveer escalas e Retribución Uniforme para todas las clases de puestos incluidas en el plan de clasificación adoptado de acuerdo con la Ley núm. 345 aprobada el 12 de mayo de 1947, según ha sido enmendada; para disponer sobre la revisión anual de dichas escalas de retribución; para aplicarlas y utilizarlas en relación con dicho plan de clasificación; para disponer lo necesario para la administración del plan de retribución que requiere la Ley núm. 345 aprobada el 12 de mayo de 1947, según enmendada; para facultar al director de personal para establecer las escalas de sueldos que aplicarán al personal que presta servicios en el exterior y en puestos exentos en Puerto rico cuyo sueldos fija el Negociado del Presupuesto y para derogar la Ley número 12 de 28 de mayo de 1969, según enmendada; y para derogar el Inciso C de la Parte 2 Artículo 32A de la Ley núm. 213 de 12 de mayo de 1942, según ha sido enmendada.

Ley núm. 112

8 de julio del 1974

Para enmendar el primer párrafo y los apartados 1 y 6 y derogar el apartado 8 del Artículo 59 del Código Político de Puerto Ricos de 1902.

Ley núm. 113

10 de julio del 1974

Para fijar patentes municipales sobre los servicios, ventas, negocios financieros y a otras industrias o negocios; para derogar la Ley núm. 27 del 12 de junio de 1971, conocida como “Ley de Patentes Municipales” y para otros fines.

Ley núm. 114

18 de julio del 1974

Para enmendar e; Artículo 11; el inciso 3 del Artículo 14 y el Artículo 17 de la Ley núm. 22 de 22 de abril de 1931, según enmendada, que reglamenta la práctica de la Medicina en Puerto Rico.

Ley núm. 115

22 de julio del 1974

Para establecer un Código Penal para Puerto Rico y derogar el Código Penal de Puerto Rico, aprobado el 1ro de marzo de 1902, según enmendada.

Ley núm. 116

22 de julio del 1974

Para crear la Administración de Corrección; Definir sus objetivos: disponer sus poderes y organización; transferirle funciones y programas; establecer penalidades y derogar determinadas leyes.

Ley núm. 117

22 de julio del 1974

Para crear una corporación pública bajo el nombre de Corporación de Empresas Correccionales de Puerto Rico, adscrita a la Administración de Corrección; establecer sus propósitos, poderes y deberes; asignarle fondos y para derogar la Ley núm. 505 de 30 de abril de 1946, según enmendada; las Secciones 3 y 4 de la Ley 136 de 28 de junio de 1969 y la Ley núm. 25 de 7 de junio de 1948, según enmendada.

Ley núm. 118

22 de julio del 1974

Para reestructurar el sistema de libertad bajo palabra, abolir la Junta de Libertad Bajo la Palabra creada por la Ley núm. 59, de 19 de junio de 1965, según enmendada y derogar dicha ley ; y crear una Junta de Libertad Bajo Palabra, establecer su organización y poderes, proveer penalidades y transferirle el personal, récords, obligaciones, propiedades y fondos pertenecientes a la primera.

Ley núm. 119

22 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley núm. 259, de 3 de abril de 1946, según enmendada, que estableció un sistema de libertad de prueba.

Ley núm. 120

23 de julio del 1974

Para enmendar el inciso (d), de la Sección 7 de la Ley núm. 218, de 6 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como Ley de Retiro para Maestros.

Ley núm. 121

23 de julio del 1974

Para enmendar el párrafo 5 del inciso (a) de la Sección 13y el párrafo 2 del inciso (a) de la Sección 18 de la Ley núm. 11 de 24 de julio de 1952, enmendada, cuyo título es “Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de elevar la cuantía de los casos civiles que se ventilan en el Tribunal de Distrito de dos mil quinientos (2,500) dólares a diez mil (10,000) dólares y para elevar la cuantía de los casos civiles que se ventilan en el Tribunal Superior a una en exceso de diez mil (10,000) dólares.

Ley núm. 122

23 de julio del 1974

Para enmendar el inciso (a) del Artículo 6 de la Ley núm. 77 de 22 de junio de 1956, según enmendada, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico” para garantizar a los oficiales de la Policía que fueran designados Superintendentes la retención de los derechos y privilegios que hubieren adquirido hasta el momento de la designación.

Ley núm. 123

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 1 de la Ley núm. 135, de 6 mayo de 1938, según enmendada, que crea el Instituto de Literatura Puertorriqueña.

Ley núm. 124

23 de julio del 1974

Para enmendar varias disposiciones de la Ley número 82 de 31 de mayo de 1972 que reglamenta la práctica de las profesiones de nutricionistas y dietista en Puerto Rico.

Ley núm. 125

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 315 del Código Político Administrativo de Puerto Rico, aprobado el 1ro. de marzo de 1902, según enmendado; el inciso (5) del Artículo 168, el Artículo 218 y el Artículo 388-C de la Ley Hipotecaria de 1893, según enmendada; el inciso (1) del Artículo 1823 y el inciso (1) del Artículo 1824 del Código Civil de Puerto Rico, Edición de 1930, según enmendado, y para enmendar la Sección 1 de la Ley núm. 14 de 24 de agosto de 1933.

Ley núm. 126

23 de julio del 1974

Para enmendar el párrafo (3) del Artículo 28 de la Ley número 143, aprobada el 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Ley de Bebidas de Puerto Rico”.

Ley núm. 127

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8 y 12 del inciso (b) del Artículo 4, el inciso (a) del Artículo 4, el inciso (a) del Artículo 6 y adicionar un Artículo 7a a la Ley número 97, aprobada el 5 de junio de 1973.

Ley núm. 128

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 49A de Ley núm. 2, de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como la “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”.

Ley núm. 129

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 3, 6, 7, 8 , 9, 10, 11, 13 y 16 de la Ley número 149, aprobada en 22 de julio de 1960, según enmendada, conocida como “Ley Hípica de Puerto Rico”.

Ley núm. 130

23 de julio del 1974

Para enmendar los incisos (a), (d), (e) y (f) y adicionarle el inciso (g) al Artículo 201 y enmendar el inciso (a) del Artículo 202 de la Ley número 4, de 23 de junio de 1971, según enmendada, conocida como Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico.

Ley núm. 131

23 de julio del 1974

Para requerir el mantener récords e informar transferencias de fondos al extranjero e imponer penalidades por su cumplimiento.

Ley núm. 132

23 de julio del 1974

Para enmendar el Título y los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley número 97 de 25 de junio de 1962, que reglamenta el establecimiento y operación de los laboratorios de análisis clínicos y bancos de sangre de Puerto Rico.

Ley núm. 133

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 2.010; el Párrafo (b) del Apartado(4) del Artículo 3.290; el Apartado (1) del Artículo 11.110; adicional un nuevo Apartado (9) al Artículo 11.120; enmendar el Apartado (2) del Artículo 11.210; el Apartado (2) del Artículo 11.230; enmendar el Párrafo (d) del Apartado (1) de Artículo 12.040; el Apartado (2) del Artículo 12.060: enmendar el Artículo 12.090; el inciso (e) del Artículo 21.040; enmendar el Articulo 26.010; el Artículo 26.020; enmendar los Apartados (1), el Apartado (2) del Artículo 26.030; enmendar el Apartado (1) y los párrafos (b) y (c) del Apartado (2) del Artículo 26.050; enmendar los Artículos 26.070; 26.110; y enmendar el Apartado (2), el párrafo (c) del Apartado (3) y adicionar el Párrafo (d) al Apartado (3) del Artículo 9.200; para adicionar los Artículos 21.061 y 21.121; a la Ley núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 134

23 de julio del 1974

Para adicionar los Capítulos 38 y 39 a la Ley núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros De Puerto Rico”.

Ley núm. 135

23 de julio del 1974

Para enmendar el título y los Artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13 y 14 de la Ley número 20 aprobada el 8 de mayo de 1973, conocida como “Ley de Arrendamientos de Propiedad Muebles”.

Ley núm. 136

23 de julio del 1974

Para enmendar el Apartado (1) y derogar el apartado (5) del Artículo 7.020 de la Ley núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 137

23 de julio del 1974

Para penar el suministro de declaraciones o informaciones falsas o ocultación de hechos materiales con el propósito de influir en la actuación de las Agencias del Estado Libre Asociado con respecto al Programa de Cupones para alimentos; y para imponer sanciones por el uso, transferencia, adquisición, alteración o posesión o presentare para su redención dichos cupones de alimentos en cualquier forma autorizada por la ley o reglamentos.

Ley núm. 138

23 de julio del 1974

Para enmendar la Reglas 58 y 243 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico y proveer la continuación de los procedimientos judiciales en ausencia del acusado.

Ley núm. 139

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla de Procedimiento Criminal 218; establecer criterios para la fijación de fianzas y quien podrá fijarlas; disponer la revisión de dicha fijación y los procedimientos condiciones para realizarla.

Ley núm. 140

23 de julio del 1974

Para definir, establecer y diseñar un procedimiento sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho; facultar la intervención de los Jueces Municipales y de Distrito en ciertos Asuntos y disponer la naturaleza y efectos del trámite.

Ley núm. 141

23 de julio del 1974

Para enmendar las Secciones 12 y 17 de la Ley núm. 11 de 24 de julio de 1952, según enmendada, conocida como “Ley de la Judicatura”, y disponer años de experiencia para el ingreso a la Judicatura”.

Ley núm. 142

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 6 y 8 de la Ley núm. 12 aprobada en 19 de octubre de 1954, según enmendada, conocida como Ley de Retiro de la Judicatura”.

Ley núm. 143

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla 34 de Procedimiento Civil vigente a los efectos de establecer un término dentro del cual las partes deberán iniciar y utilizar los mecanismos de descubrimiento de prueba y disponer otros extremos.

Ley núm. 144

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 2 de la Ley núm. 17 de 11 de marzo de 1915, según enmendada; proveer un arancel automático en mociones escritas o verbales de suspensiones y disponer otros extremos.

Ley núm. 145

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla 186 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico, ampliando las etapas en que puede haber sustitución de Juez y establecer el procedimiento a seguirse.

Ley núm. 146

23 de julio del 1974

Para crear el cargo de Fiscal Auxiliar del Tribunal de Distrito; establecer los requisitos, responsabilidades, términos y remuneración del mismo; asignar fondos; y enmendar los Artículos 1, 3 y 4 de la Ley núm. 23 de 24 de julio de 1952; enmendar la Sección 2 de la Ley de 3 ó 10 de marzo de 1904; enmendar la Sección 1 de la Ley núm. 75 de 6 de junio de 1968; enmendar el Artículo 1 de la Ley núm. 141 de 30 de junio de 1966; y derogar las Secciones 2 y 2(A) de la Ley núm. 51 de 28 de abril de 1930, según enmendada.

Ley núm. 147

23 de julio del 1974

Para eliminar los apartados (a)(2), (b)(2) y (c)(2); enmendar los apartados (j)(1), (2), (3) y (4); (p)(1), (2), (3) y (4); (r) (1), (2), (3) y (4) de la Sección 1, de la Ley núm. 57 del 13 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 148

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 2 de la Ley núm. 89, de 21 de junio de 1955, y para otros fines.

Ley núm. 149

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado 10 del inciso (a) de la Sección 5-701 de la Ley núm. 141 aprobada en 20 de julio de 1960, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos de Tránsito de Puerto Rico”.

Ley núm. 150

23 de julio del 1974

Para establecer un nuevo inciso (5) y re designar el inciso (5) como inciso (6) del Artículo2.260; enmendar el inciso (1) del Artículo 2.320; el inciso (2) del Artículo 3.140; el inciso (1) del Artículo 9.060; inciso (1) del Artículo 9.110; el inciso (1) del Artículo 9.170; el inciso (1) del Artículo 9.180; el inciso (1) del Artículo 9.220; el inciso (2) del Artículo 9.250; adicionar los Artículo 9.051, 9.241, 9.242, 9.243, 9.244, 27.161, 27.300, 27.400 y para derogar el Artículo 9.040 de la Ley núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 151

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado (7) del Artículo 3.040; el apartado (3) del Artículo 3.130; los apartados (1), (2) y (4) del Artículo 3.160; el apartado (3) del Artículo 3.200; para adicionar un apartado (9) al Artículo 3.210; enmendar el apartado (5), adicionar un nuevo apartado (6), reenumerar el vigente apartado (6) como (7) y enmendar el vigente apartado (7) reenumerándolo como (8) del Artículo 3.340; enmendar los apartados (a) del Inciso (1) del Artículo 7.010; enmendar los apartados (2) y (3) del Artículo 9.380; adicionar un nuevo apartado (3), y enmendar y reenumerar el vigente apartado (3) como (4) y reenumerar el vigente apartado (4) como (5) del Artículo 22.010; enmendar el apartado (3) del Artículo 27.160; adicionar un párrafo (d) al apartado (1) del Artículo 29.150; adicionar un apartado (4) al Artículo 29.210; y adicionar el Artículo 10.131 a la Ley núm. 77de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Ley de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 152

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 2 y 25 de la Ley número 29 de 11 de junio de 1962, según enmendada conocida como Ley de la Compañía de Desarrollo Comercial de Puerto Rico.

Ley núm. 153

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 1, los incisos (a) y (b) del Artículo 3 y el inciso (h) del Artículo 6 de la Ley núm. 81, del 23 de junio de 1971, según enmendada, conocida como “Ley del Nuevo Centro de San Juan”.

Ley núm. 154

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 10 de la ley número 121 de 30 de junio de 1965, enmendada, que regula la práctica de la profesión de enfermeras en Puerto Rico.

Ley núm. 155

23 de julio del 1974

Para crear el Negociado de Servicios a uniones Obreras en el Departamento de Trabajo y derogar la Ley número 177 de 22 de marzo de 1946, según enmendada; y la Ley número 109 de 6 de junio de 1967, según enmendada.

Ley núm. 156

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado G y adicionar un apartado P a la parte titulada Arancel de Derechos que Deberán Pagarse a los Secretarios” de la Sección 2 de la Ley núm. 17 de 11 de marzo de 1915, según enmendada.

Ley núm. 157

23 de julio del 1974

Para enmendar el Inciso (B) del párrafo (1) del Apartado (b) de la Sección 115 de la Ley número 31, aprobada en 29 de junio de 1954, según ha sido enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones sobre Ingresos de 1954”.

Ley núm. 158

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado (b) de la Sección 15; enmendar el apartad (a) de la Sección 144; y enmendar el inciso (A) del párrafo (1) del apartado (a) de la Sección 231 de la Ley núm. 91, aprobada en 29 de junio de 1954, según ha sido enmendada conocida como “Ley de Contribuciones Sobre Ingresos de 1954.

Ley núm. 159

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 16, 21 y 23 de la Ley núm. 17 de 19 de enero de 1951, según ha sido enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico”.

Ley núm. 160

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado (b) del Artículo 11; el apartado (b) del Artículo 12; el Artículo 43 y el penúltimo párrafo del Artículo 83 de la Ley núm. 2 aprobada en 20 de enero de 1956, conocida como “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”, según enmendada y para derogar el Artículo 3 de la Ley núm. 65 de 24 de junio de 1969.

Ley núm. 161

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado (5) del Artículo 11.140 de la Ley núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 162

23 de julio del 1974

Para crear una Corporación Gubernamental como instrumentalidad pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico bajo el nombre “Corporación de Fomento de Recreación y Descanso de los Trabajadores de Puerto Rico”; establecer sus poderes, deberes, funciones y propósitos y para asignar fondos para su funcionamiento; y autorizarle a arrendar las facilidades del Hotel de Barranquitas.

Ley núm. 163

23 de julio del 1974

Para enmendar el título; los Artículo 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8 y 9; derogar los Artículos 10 y 12A; adicionar un nuevo Artículo10: para asignar la cantidad de cinco mil (5,000) dólares para llevar a cabo los propósitos de la Ley núm. 35, de 20 de marzo de 1951, según enmendada, la cual establece los derechos de los empleados públicos sobre patentes de invención y la participación del pueblo de Puerto Rico en las mismas; y para derogar la Ley núm. 1-A, aprobada el 24 de enero de 1968.

Ley núm. 164

23 de julio del 1974

Para reorganizar la Administración de Servicios Generales; para redefinir sus funciones; para establecer penalidades; para crear el Fondo de Capital Industrial de la Administración de Servicios Generales; para derogar la Ley núm. 255 del 9 de mayo de 1950, según enmendada, la Ley 46 de 23 de mayo de 1955 según enmendada, las Secciones 10 y 12 de la Ley 96 de 29 de junio de 1954, según enmendadas, los Artículos 1 y 2 de la Ley 49 de 4 de agosto de de 1947, según enmendados; las Secciones 2(b) y 3 de la Ley núm. 163 de 12 e mayo de 1948, según enmendadas; y autorizar al Secretario de hacienda a hacer anticipos de fondos a la Administración de Servicios Generales.

Ley núm. 165

23 de julio del 1974

Para enmendar la Secciones, 3, 4, 8 y 12; los incisos (h) e (i) de la Sección 14; enmendar el inciso (p) y adicionar los incisos (q), (r) y (s) a la Sección 17; enmendar las Secciones 25(a), 28 y 37(a) de la Ley número 55 de 12 de mayo de 1993, según enmendada, conocida como “Ley de Bancos de Puerto Rico”.

Ley núm. 166

23 de julio del 1974

Para enmendar los apartados (b) y (c) del Artículo 30 y el apartado (b) del Artículo 37 de la Ley núm. 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como la “Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico”.

Ley núm. 167

23 de julio del 1974

Para autorizar la emisión de bonos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en una cantidad principal que no exceda de doscientos veinticinco millones (225,000,000) de dólares y la emisión de pagarés en anticipación de bonos a cubrir el costo de mejoras públicas necesarias y el costo de la venta de dichos bonos; para proveer para el pago del principal de y lo intereses sobre dichos bonos y pagarés: para autorizar al Secretario de Hacienda a hacer adelantos temporeros del Fondo General del Tesoro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para aplicarse a pago de los costos de dichas mejoras y dicha venta de bonos; para conceder al Secretario de Obras Públicas y a otras agencias e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el poder de adquirir bienes muebles e inmuebles necesarios y para ejercer el poder de expropiación forzosa; y para eximir del pago de contribuciones dichos bonos y pagarés y sus intereses.

Ley núm. 168

23 de julio del 1974

Para enmendar el título y el párrafo 1 del Artículo 19 de la Ley núm. 143, aprobada en 30 de junio de 1969, conocida como “Ley de Bebida de Puerto Rico”.

Ley núm. 169

23 de julio del 1974

Para adicionar el párrafo (8) al apartado (a) de la Sección 24, de la Ley núm. 91, aprobada en 29 de junio de 1954, según enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones sobre Ingresos de 1954”.

Ley núm. 170

23 de julio del 1974

Para facultar a la Autoridad de Acueducto y Alcantarillado de Puerto Rico a imponer y cobrar un derecho o cargo provisional a los dueños de urbanizaciones, edificios multifamiliares o para usos institucionales, industriales o comerciales (incluyendo hoteles y hospitales) por el derecho de conectarse y usar los sistemas de acueductos y alcantarillados de dicha Autoridad; para facultarla a establecer, imponer y cobrar cargos permanentes a ese fin ; y para convalidar los cargos que por tales conexiones han requerido o cobrado para mejoras a dichos sistemas.

Ley núm. 171

23 de julio del 1974

Para enmendar los apartados (a) y (b) de la Sección 201; y adicionar tres nuevas secciones bajo los numero 203ª, 203B y 203C, a la Ley núm. 91, aprobada en 29 de junio de 1954, según enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones sobre Ingreso s de 1954”.

Ley núm. 172

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla 162 y adicionar la 162.1 a las Reglas de Procedimiento Criminal.

Ley núm. 173

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 1301 y 1303 y los párrafos (1) y (8) del apartado (a) del Artículo 1501 de la Ley núm. 3, aprobada en 9 de enero de 1956, según enmendada, conocida como “Ley General de Corporaciones”.

Ley núm. 174

23 de julio del 1974

Para autorizar a la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico a construir nuevas líneas de distribución de energía eléctrica en la zona rural de Puerto Rico y a continuar el programa de electrificación rural; disponer para el pago por el Gobierno Estatal a la Autoridad de las Fuentes Fluviales por el Servicio rendido al Estado y para autorizar a la Autoridad de las Fuentes Fluviales a retener de su ingreso bruto las sumas de dinero que sean necesarias para cubrir tales pagos.

Ley núm. 175

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 3, de la Ley núm. 8, aprobada en 10 de abril de 1964.

Ley núm. 176

23 de julio del 1974

Para enmendar las Secciones 2-802, 3-302, 5-708, 5-709, 5-1103, 5-1108, 5-1307, 6-313, 9-106, el Artículo XIV del Capítulo V y derogar las Secciones 5-708.1, 5- 1123, 6-306, de la Ley núm. 141 de 20 de julio de 1960, según ha sido enmendada, conocida como Ley de Vehículos de Tránsito y para adicionar el Artículo SXV al Capítulo V y el Capítulo XVI de la misma ley.

Ley núm. 177

23 de julio del 1974

Para enmendar el inciso (B), del párrafo (2) del apartado (aa) y adicionar un nuevo apartado (kk) a la Sección 23 de la Ley número 91, aprobada en 29 de junio de 1954, según enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones Sobre Ingresos de 1954”.

Ley núm. 178

23 de julio del 1974

Para adicionar el apartado (t) a la Sección 1; enmendar el primer párrafo del apartado (c) de la Sección 2; y adicionar los párrafos 3, 4, 5 y 6 al apartado (e) de la Sección 8 de la Ley Núm. 57 de 13 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 179

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 12 de la Ley número 143, aprobada en 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Ley de Bebidas de Puerto Rico”.

Ley núm. 180

23 de julio del 1974

Para enmendar los incisos 1 y 2 de la Sección 2, el penúltimo párrafo del inciso 4 de la Sección 4 y el inciso 3 de la Sección 14 de la Ley núm. 138, aprobada en 26 de junio de 1968, según enmendada, conocida como Ley de Protección Social por Accidentes de Automóviles.

Ley núm. 181

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 2 de la Ley número 80, aprobada en 25 de junio de 1959.

Ley núm. 182

23 de julio del 1974

Para crear el Instituto para el Desarrollo de Personal de Servicio Público, adscrito a la Oficina de Personal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para establecer una Junta Asesora del Instituto y para derogar la Ley núm. 136 de 28 de abril de 1949.

Ley núm. 183

23 de julio del 1974

Para autorizar la emisión de pagarés del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en una cantidad que no exceda de setenta y cinco por ciento (75%) del monto de las contribuciones impuestas, vencidas y por cobrar del Estado Libre Asociado de Puerto Rico con el propósito de proveer recursos necesarios junto a otros que se estiman disponibles, para sufragar las agnaciones establecidas en el presupuesto anual del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para el año fiscal que termina el 30 de junio de 1975.

Ley núm. 184

23 de julio del 1974

Para disponer que el personal dentro del Servicio por Oposición que esté trabajando en distintos departamentos, agencias u organismos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en programas federales o estatales sobre los recursos humanos que el Gobernador de Puerto Rico determine que habrá de transferirse a la Administración del Derecho al Trabajo, retendrá su status dentro de dicho Servicio; y para autorizar la Transferencia a la Administración del Derecho al Trabajo de todos los fondos, propiedades, materiales y equipo que estén siendo utilizados en dichos programas.

Ley núm. 185

23 de julio del 1974

Para enmendar el Título y el Artículo 1 y derogar el Artículo 2 de la Ley núm. 71 de 31 de mayo de 1973.

Ley núm. 186

23 de julio del 1974

Para ordenar a la Directora del Sistema de Retiro de los Empleados del gobierno y al Director Ejecutivo de la Junta de Retiro para maestros que en coordinación con el Secretario de hacienda, implemente el pago quincenal a los jubilados del Gobierno.

Ley núm. 187

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado (a) de la Sección 6 de la ley núm. 57, aprobada el 13 de junio de 1963, según, enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 188

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 107 de la Ley núm. 143, aprobada en 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Ley de Bebidas de Puerto Rico”.

Ley núm. 189

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 33 y adicionar el Artículo 37 a la Ley 81, aprobada el 14 de marzo de 1912, según enmendada, que reorganizó el Departamento de Salud.

Ley núm. 190

23 de julio del 1974

Para enmendar el Apartado (s) de la Sección 1 de la Ley núm. 57 del 13 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 191

23 de julio del 1974

Para requerir que se informe al Departamento de Servicios Sociales todo caso de maltrato de menores y para disponer una penalidad.

Ley núm. 192

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 1 de la Ley núm. 34 aprobada el 12 de junio de 1969, según enmendada, que establece el derecho de los funcionarios o empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de sus corporaciones públicas y sus municipalidades, a recibir un bono de Navidad.

Ley núm. 193

23 de julio del 1974

Para derogar la Ley núm. 9 del 7 de marzo de 1951, según enmendada, conocida como Ley de Dispensa.

Ley núm. 194

23 de julio del 1974

Para enmendar el Inciso (c) del Artículo 8 de la Ley número 34 del 13 de junio de 1966, según ha sido enmendada, que establece un sistema de retribución para los maestros de Instrucción Pública de Puerto Rico, para autorizar el pago de una bonificación adicional al sueldo regular de los maestros, Directores, bibliotecarios, orientadores y trabajadores sociales que trabajen durante los meses de junio y julio.

Ley núm. 195

23 de julio del 1974

Para enmendar el inciso (g), subincisos (i) y (iii) de la Sección 5 de la Ley número 17 de 17 de abril de 1931, según enmendada, que reglamenta el contrato de trabajo.

Ley núm. 196

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 19 de la Ley núm. 109, de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”.

Ley núm. 197

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 2 de la Ley núm. 24 de 26 de abril de 1968, según enmendada, para facultar el Gobernador de Puerto Rico a que se establezca, mediante orden ejecutiva, la política pública a seguir respecto a la observancia del patrón de horario federal para ahorro de luz solar, cuando lo crea necesario en bien del interés público.

Ley núm. 198

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 2 de la Ley núm. 125 de 10 de junio de 1967, según enmendada, que autoriza el pago de una suma global a los funcionarios y empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la licencia de vacaciones y enfermedad no utilizada.

Ley núm. 199

23 de julio del 1974

Para estatuir una Regla 252 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico a fin de establecer un Procedimiento Uniforme de Identificación con anterioridad al juicio; y para remunerar las reglas 252, 253, y 254 como reglas 253, 254 y 255 respectivamente.

Ley núm. 200

23 de julio del 1974

Para establecer la División de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia de Puerto Rico, para establecer su organización.

Ley núm. 201

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 24 de la Ley núm. 11 de 24 de junio de 1952, según enmendada, conocida como “Ley de la Judicatura,” a los fines de adicionar una causa de destitución y proveer un procedimiento y establecer causas para la separación del servicio de los jueces del Tribunal de Primera Instancia y de los Jueces de Paz.

Ley núm. 202

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 3 de la Ley núm. 11 de 24 de junio de 1952 y las Secciones 31 y 10 de la Ley de 10 de marzo de 1904, según enmendada.

Ley núm. 203

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 552 del Código de Enjuiciamiento Civil, según enmendado, sobre Procedimiento para la Declaratoria de Herederos eliminando la necesidad de celebración de vista en tales asuntos, ello a discreción del Tribunal.

Ley núm. 204

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 31 y 38 de la Ley núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley de Registro Demográfico de Puerto Rico”.

Ley núm. 205

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 72 del Código Civil de Puerto Rico, edición de 1930, según enmendado.

Ley núm. 206

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla 8.4 sobre Mociones de las de Procedimiento Civil de 1958 para el Tribunal General de Justicia, según enmendadas.

Ley núm. 207

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla 109 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico.

Ley núm. 208

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla 156 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico.

Ley núm. 209

23 de julio del 1974

Para enmendar la Regla 154 de Procedimiento Criminal de Puerto Rico en lo relativo al requisito de corroboración en procesos por delito de violación o tentativa de cometerlo y proveer otros extremos.

Ley núm. 210

23 de julio del 1974

Para adicionar los párrafos (A) y (B), y enmendar el apartado (l) de la Sección 1 de la Ley núm. 57 del 13 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 211

23 de julio del 1974

Para prohibir el uso de altoparlantes o cualquier otro artefacto destinado a aumentar el volumen de los sonidos para fines de toda clase de propaganda, verbal o musical, frente o cerca de una escuela pública o privada en forma tal que perturbe o interrumpa el buen funcionamiento de la escuela y altere la tranquilidad y sosiego necesarios para llevar a cabo efectivamente su función de educar.

Ley núm. 212

23 de julio del 1974

Para enmendar el inciso (2) del Artículo 7.021 de la Ley núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 213

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 10 de la Ley núm. 29 de 30 de junio de 1972, conocida como “Ley de Agencia de Financiamiento Municipal de Puerto Rico”.

Ley núm. 214

23 de julio del 1974

Para enmendar el segundo párrafo del Artículo 10 de la Ley núm. 9, aprobada el 18 de junio de 1970, conocida como “Ley sobre Política Pública Ambiental”, y para disponer sobre los fondos para llevar acabo los propósitos de esta ley.

Ley núm. 215

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículo 1, 2, 3, 4, 5, 8 y 10 y para derogar los Artículos 6, 7 y 9 de la Ley núm. 87, aprobada el 25 de junio de 1965, según enmendada.

Ley núm. 216

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 1 y 3 de la Ley núm. 44, aprobada el 21 de junio de 1971.

Ley núm. 217

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 1 de la Ley núm. 18 de 7 de mayo de 1964, según enmendada, que establece la garantía del Estado Libre Asociado para el pago de principal e intereses de los bonos emitidos o a emitirse por la Corporación de Renovación Urbana y Viviendas.

Ley núm. 218

23 de julio del 1974

Para enmendar la Ley número 146, del 30 de junio de 1961, según enmendada, que crea el banco de la Vivienda y derogar los Artículos 2, 4, 6, 7, 19 y 20 de la misma.

Ley núm. 219

23 de julio del 1974

Para crear una lotería oficial que se conocerá con el nombre de Lotería Municipal de Puerto Rico; para disponer sus facultades y organización; para autorizar al Secretario de Hacienda a dictar, con la aprobación del Gobernador de Puerto Rico, las reglas y los reglamentos necesarios para la operación de la Lotería Municipal; para crear el Fondo de la Lotería Municipal y disponer la utilización del mismo; para declarar delitos menos graves y graves infracciones a las disposiciones de esta Ley; para fijar las penalidades correspondientes.

Ley núm. 220

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 10 y enmendar la Sección 6, subsección (a) inciso 1 de la Ley núm. 139, aprobada en 26 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Beneficios por Incapacidad’.

Ley núm. 221

23 de julio del 1974

Para crear una Comisión sobre Sistema de Seguridad Social Integral, establecer su organización, determinar sus poderes y funciones y asignar fondos para su funcionamiento.

Ley núm. 222

23 de julio del 1974

Para autorizar al Gobernador de Puerto Rico a trasladar, mediante orden ejecutiva, personal de una agencia para prestar servicios en otra, cuando las necesidades del servicio público así lo hagan necesario, así como promulgar la reglamentación al respecto.

Ley núm. 223

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 14, 19 y 22 de la Ley núm. 379 de 15 de mayo de 1948, enmendada.

Ley núm. 224

23 de julio del 1974

Para adicionar un nuevo apartado (e) y re designar los apartados (e) y (f) como los apartados (f) y (g), respectivamente, de la Sección 55 de la Ley núm. 91, aprobada el 29 de junio de 1954, según enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones sobre Ingreso de 1954”.

Ley núm. 225

23 de julio del 1974

Para autorizar a la Comisión de Servicio Público, en coordinación con el Secretario de Salud a reglamentar el establecimiento y operación de los servicios de ambulancias en Puerto Rico; disponer las facultades de la Comisión de Servicio Público y del Secretario de Salud, en relación con dichos servicios y fijar penalidades por violaciones a esta ley.

Ley núm. 226

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 3 y 8 de la Ley 126, aprobada el 8 de junio de 1973, que reglamenta los administradores de casas de salud.

Ley núm. 227

23 de julio del 1974

Para enmendar el inciso (g) del Artículo 7 de la Ley núm. 60 de 30 de mayo de 1973, conocida como Ley Orgánica del Departamento de Servicios Contra la Adicción.

Ley núm. 228

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 2 y 15 de la Ley número 56 de 19 e junio de 1958, según enmendada, que crea la Autoridad de Edificios Públicos.

Ley núm. 229

23 de julio del 1974

Para enmendar el Artículo 6 de la Ley núm. 43, de 14 de mayo de 1932, según enmendada, conocida como Ley del Colegio de Abogados de Puerto Rico.

Ley núm. 230

23 de julio del 1974

Para establecer la política pública respecto al control y contabilidad de fondos y propiedad pública; para autorizar al Secretario de Hacienda de Puerto Rico a diseñar e intervenir la organización fiscal, los sistemas de contabilidad y los procedimientos de pagos e ingresos de las dependencias y entidades corporativas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; para disponer los principios y normas generales que deberán seguirse en la contabilidad de los ingresos, las asignaciones, los desembolsos y la propiedad pública; para derogar ciertas leyes vigentes y artículos del Código Político Administrativo y para imponer penalidades.

Ley núm. 231

23 de julio del 1974

Para enmendar el apartado (q) de la Sección 1 de la Ley número 57 del 18 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 232

23 de julio del 1974

Para enmendar la Exposición de Motivos y las Secciones 7, 8 y 12 de la Ley 56, aprobada el 21 de junio de 1969.

Ley núm. 233

23 de julio del 1974

Para enmendar la rotulación, fabricación, distribución, y posesión de sustancias peligrosas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de limitar las funciones del Secretario de Salud y establecer delitos y penalidades relacionados con la rotulación, fabricación, distribución y posesión de sustancias peligrosas.

Ley núm. 234

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 1 de la Ley núm. 77 de 12 de agosto de 1925, según enmendada.

Ley núm. 235

23 de julio del 1974

Para hacer compulsoria las inmunizaciones prescritas por el Secretario de Salud en los menores de edad que comiencen a cursar estudios primarios en curso de párvulos (kindergarten) o primer grado de cualquier escuela en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Ley núm. 236

23 de julio del 1974

Para enmendar el párrafo primero de la Sección 4 de la Ley núm. 282 aprobada el 15 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como “Ley de Farmacia de Puerto Rico”.

Ley núm. 237

23 de julio del 1974

Para enmendar el párrafo (6-a) del apartado (d) de la Sección 2 de la Ley número 57 del 13 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963”.

Ley núm. 238

23 de julio del 1974

Para adicionar el Artículo 511A a la Ley núm. 4 de 23 de junio de 1971, según enmendada, conocida como Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico.

Ley núm. 239

23 de julio del 1974

Para adicionar la Regla 162.2 a las Reglas de Procedimiento Criminal.

Ley núm. 240

23 de julio del 1974

Para enmendar los Artículos 30 y 33 de la Ley núm. 81 aprobada el 14 de marzo de 1912, según fuera subsiguientemente enmendada.

Ley núm. 241

23 de julio del 1974

Para adicionar el inciso (h) al Artículo 2 y enmendar el Artículo 6 de la Ley núm. 5 de 11 de mayo de 1959, según enmendada, conocida como por Ley de la Autoridad Metropolitana de Autobuses.

Ley núm. 242

23 de julio del 1974

Para enmendar el inciso (b) del Artículo 8 de la Ley núm. 60, de 30 de mayo de 1973, conocida como Ley Orgánica del Departamento de Servicios Contra la Adicción.

Ley núm. 243

23 de julio del 1974

Para enmendar la Sección 2 de la Ley núm. 182 del 1ro. de mayo de 1951, según enmendada.

Ley núm. 244

23 de julio del 1974

Para enmendar la Ley número 10 de 5 de julio de 1973, según enmendada por la Ley número 4 de 26 de octubre de 1973, para autorizar al Secretario de la Vivienda a incurrir en obligaciones bajo el programa que dicha ley establece, hasta una cantidad adicional de dos millones quinientos mil(2,500,000) dólares; y para establecer un precio máximo de 28,500 para las viviendas desarrolladas en terrenos de alto costo y en edificios multipisos.

Ley núm. 245

24 de julio de 1974

Para enmendar el inciso (d) de la Sección 1 y el inciso (a) de la Sección 2, y el inciso (b) de la Sección 3 y adicionar las nuevas secciones con el número 9-A y 9-B a la Ley núm. 141 de 29 de junio de 1969, según enmendada, que establece una garantía de ingreso para los trabajadores de la fase agrícola de a Industria Azucarera.

Ley núm. 246

24 de julio de 1974

Para añadir dos nuevos incisos que llevaran las letras (d) y (e) de la Sección 1, enmendar los incisos (a) y (b) de la Sección 2, el inciso (a) de la Sección 3 y la Sección 4 de la Ley núm. 142 de 29 de junio de 1969, según enmendada que establece una garantía de ingreso mínimo para los trabajadores de la industria agrícola, excepto la fase agrícola de la industria azucarera.

Ley núm. 247

24 de julio de 1974

Para enmendar el Artículo 3 de la Ley núm. 20 de 19 de junio de 1972, que autoriza el pago de un subsidio en sustitución de los reembolsos de los pagos suplementario autorizados por la Ley núm. 142 de 29 de junio de 1969, según enmendada.

Ley núm. 248

27 de julio de 1974

Para disponer la celebración de un referéndum entre los electores capacitados que residen en los barrios o sectores comprendidos en el anterior Municipio de Río Piedras para que decidan si desean seguir formando parte del Municipio de San Juan o constituir el municipio de Río Piedras con los mismo límites territoriales que tenían antes de sus anexión a la Capital de Puerto Rico; para crear una Comisión Estatal, que en el caso que la votación resulte favorable a la creación de un nuevo municipio, haga un estudio, de todo lo relacionado con las cuestiones presupuestarias, propiedad, financieras y administrativas para la organización del municipio de Río Piedras; para disponer la creación del municipio de Río Piedras, tal como existía para el año 1951, si resultare favorable el referéndum a favor de la separación de San Juan y para asignar al Tribunal Electoral la cantidad de $100,000 para llevar a cabo los propósitos de esta ley.

Ley núm. 249

27 de julio de 1974

Para crear una sala adicional dentro de la Sección del Tribunal Superior del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico la cual tendrá su sede en el Municipio de Carolina; establecer demarcación territorial y disponer lo necesario para su organización y funcionamiento.

Ley núm. 250

27 de julio de 1974

Para enmendar el título y la Sección 1 de la Ley núm. 82, aprobada el 2 de mayo de 1941.

Ley núm. 251

27 de julio de 1974

Para enmendar los Artículos 2, 3 y adicionar párrafo estableciendo penalidades al Artículo 5 de la Ley núm. 5 del 28 de septiembre de 1961.

Ley núm. 252

27 de julio de 1974

Para enmendar el Artículo 1 de la Ley núm. 97 aprobada el 19 de junio de 1968 que establece los salarios y emolumentos para los miembros de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Ley núm. 253

27 de julio de 1974

Para facultar al Director Administrativo de la Oficina de Administración de los Tribunales que previa consulta con el Juez Presidente del tribunal Supremo, establezca el procedimiento que corresponda para que todo documento oficial suscrito por un juez sea fácilmente legible y su firma esté debidamente identificada.

Ley núm. 254

27 de julio de 1974

Para encomendar a la Policía de Puerto Rico la expedición de Certificaciones de Antecedentes Penales y proveer su reglamentación.

Ley núm. 255

27 de julio de 1974

Para enmendar las Secciones 13 y 15 de la Ley núm. 88 de 4 de mayo de 1939, según enmendada.

Ley núm. 256

27 de julio de 1974

Para enmendar el Titulo y los Artículos 1, 2, 3 y 4; adicionar los nuevos Artículos 5, 6, 7, 8, 9, 13, 14, 16, 17, 20, 21, 22 ,27, 28, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45; enmendar y re designar los existentes Artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17,18,19 y 20 como los Artículos 10, 11, 12, 15, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 29, 30, 31, 32, 33 y 46, respectivamente, de la Ley núm. 93 aprobada el 26 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley de Bancos de Ahorro Mutualistas”.

Ley núm. 257

27 de julio de 1974

Para conceder a todo contribuyente que en o antes del 30 de septiembre de 194, pague en su totalidad cualesquiera contribuciones adeudadas a los municipios por concepto de patentes municipales, un alivio mediante el cual se releva, excepto en los casos de fraude, del pago de toda clase de intereses, penalidades y recargos que se hayan acumulado o que se acumulen hasta el 30 de septiembre de 1974.

Ley núm. 258

30 de julio de 1974

Para facultar a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a promulgar Reglas para la administración de asuntos y el de sus dependencias y para derogar cualquier ley o parte de ley en conflicto con ésta.

Ley núm. 259

30 de julio de 1974

Para enmendar el Inciso (b) del Artículo 2 y el Artículo 15 de la Ley núm. 426 de 13 de mayo de 1951, según enmendada, cuyo título breve es “Ley Azucarera de Puerto Rico”.

Ley núm. 260

30 de julio de 1974

Para enmendar la Sección primera de la Ley núm. 88 de 27 de junio de 1969, titulada: “Para transferir la fecha de celebración de ciertos días de fiestas legal en Puerto Rico”.

Ley núm. 261

30 de julio de 1974

Para enmendar la Exposición de Motivos y los Artículos 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley 57, aprobada el 21 de junio de 1969.

Ley núm. 262

30 de julio de 1974

Para enmendar el inciso (a) del Artículo 5 de la Ley 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como la Ley del Servicio Público de Puerto Rico.

Ley núm. 263

30 de julio de 1974

Para enmendar el Artículo 46 y el Inciso (a) del Artículo 50 de la Ley 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público” de Puerto Rico.

Ley núm. 264

30 de julio de 1974

Para adicionar el Inciso (oo) al Artículo 2 de la Ley número 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público de Puerto Rico” con el fin de incluir la definición de “vehículo de motor” dentro de la terminología que se define en dicho Artículo.

Ley núm. 265

30 de julio de 1974

Para enmendar el apartado 3 del inciso (a) del Artículo 553 del Código Penal de Puerto Rico, edición de 1937, enmendado, a los fines de restituir el día 12 de octubre. Día de la Raza” entre los días en que se deberán permanecer cerrados al público los establecimientos comerciales.

Ley núm. 266

30 de julio de 1974

Para ordenar al Secretario de Hacienda que proceda a condonar el importe de las contribuciones sobre la propiedad impuestas a cuatrocientos veinticinco(425) solares ubicados en el barrio Buen Consejo, de Río Piedras, a virtud de la Ley número 269 del 11 de mayo de 1949, según enmendada.

Ley núm. 267

30 de julio de 1974

Para ordenar al Secretario de Hacienda que proceda a condonar el importe de las contribuciones sobre la propiedad adeudadas por cuatrocientas veinticinco (425) familias residentes en el barrio Buen Consejo, de Río Piedras, donatarias en este caso, y/o por la parte donante, a virtud de la Ley número 167 del 30 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones sobe Caudales Relictos y Donaciones de Puerto Rico”.

Ley núm. 268

30 de julio de 1974

Para enmendar el apartado (a) del inciso (1) del Artículo 7.010 de la Ley núm. 77 del 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 269

30 de julio de 1974

Para enmendar el segundo párrafo del Artículo 13 de la Ley núm. 447 del 15 de mayo de 1951, según enmendada, que crea el Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus instrumentalidades.

Ley núm. 270

30 de julio de 1974

Para enmendar el Artículo 6 y el inciso (f) del Artículo 18 de la Ley número 230 del 12 de mayo de1942 que reglamenta el empleo de menores y dispone la asistencia obligatoria de los niños en las escuelas públicas según ha sido subsiguientemente enmendada.

Ley núm. 271

30 de julio de 1974

Para enmendar la Sección 7 de la Ley núm. 17 del 17 de abril de 1931, enmendada, que reglamenta el pago de salarios a los obreros.

Ley núm. 272

30 de julio de 1974

Para adicionar la Sección 13A a la Ley núm. 469 de 15 de mayo de 1947, según enmendada, denominada “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño”, a los fines de que se provea una bandera puertorriqueña cuando se solicite para utilizarse en los funerales de un veterano fallecido; y para asignar fondos.

Ley núm. 273

30 de julio de 1974

Para enmendar el inciso (b) de la Sección 5-1305 y el inciso (c) de la Sección 5- 1306 de la Ley núm. 141 aprobada en 20 de julio de 1960, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos de Tránsito de Puerto Rico”.

Ley núm. 274

30 de julio de 1974

Para enmendar el Apartado (1) del Artículo 10.130 de la Ley núm.77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”.

Ley núm. 275

30 de julio de 1974

Para enmendar el párrafo (2) del apartado (a), enmendar el apartado (c) y el párrafo (1) del apartado (d) de la Sección 108 de la Ley número 91, aprobada en 29 de junio de 1954, según ha sido enmendada, conocida como “Ley de Contribuciones sobre Ingreso”.

Ley núm. 276

30 de julio de 1974

Para enmendar los párrafos (1) y (4) (a) del apartado (a), derogar el párrafo (2), enmendar el párrafo 4 y re designar los párrafos 3,4 y 5 como párrafos 2, 3 y 4, respectivamente, del apartado (c), del Artículo 34 de la Ley núm. 2 de 20 de enero de 1956, según enmendada, conocida como Ley de Impuestos sobre Artículos de Uso y Consumo de Puerto Rico.

Ley núm. 277

30 de julio de 1974

Para reglamentar el ejercicio de la profesión de Evaluador de Bienes Rices; crear una Junta Examinadora de dicha profesión; establecer sus deberes y facultades y establecer penalidades por violación a las disposiciones de esta ley.

Ley núm. 278

30 de julio de 1974

Para enmendar el inciso (a) de la Sección 11 de la Ley núm. 469, del 15 de mayo de 1947, enmendada, conocida como “Ley Proveyendo la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño”.

Ley núm. 279

30 de julio de 1974

Para enmendar los Artículos 1, 2, 3 ,5 y 9 de la Ley número 1, aprobada el 11 de julio de 1972.

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