Page 174 - Redes, Estado, Empresa y Telecomunicaciones en Puerto Rico
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omunicaciones, la PRTC, se acordaba entre sobre el Proyecto de la Cámara Núm. 1959 para
esta y las empresas interesadas. De acuerdo con enmendar la Ley Núm. 213, que buscaba otorgar
los servicios requeridos, dichos precios com- a la JRTPR la capacidad para fijar tarifas), la PRTC
prendían una combinación de los cargos de afirmó que la Ley Núm. 213 había sido efectiva en
interconexión y las tarifas de servicios de acceso, tanto abrió el mercado a la competencia, pero a
tanto interestatal como la Sección K-2 de la tarifa la vez reconoció que había perdido un 25% de la
local de PRTC. La entrada de empresas dedica- cuota de mercado en llamadas de larga distancia
das a ofrecer servicio de teléfonos públicos fue intraísla y 20% de la cuota de mercado en teléfo-
otro ejemplo en el cual la empresa entrante debía nos públicos y servicios de radiolocalizadores.33
acordar un precio de acceso e interconexión con Además, se expresó sobre el posible efecto nega-
la PRTC. Pero fue la entrada de nuevas empresas tivo de la regulación en la inversión realizada por
en el mercado de la telefonía de larga distancia GTE Holdings, Inc.:
intraísla lo que dio paso al pleito de la tarifa K-2.
La querella de la tarifa K-2, ventilada ante la Junta GTE y BPPR invirtieron en esta compañía
Reglamentadora entre 1997 y 2003, ha sido el con un cuadro particular de expectativas
pleito de mayor trascendencia para el desarro- en lo que concierne al ambiente
llo de la telefonía en Puerto Rico. Apuntamos regulatorio en Puerto Rico […]. Sin
aquí que con ella se puso de manifiesto una re- embargo, en menos de seis meses, se están
lación de tirantez entre el ente regulador y la proponiendo cambios regulatorios que
empresa de telecomunicaciones líder, la PRTC, impactan el valor de esa inversión.34
en particular si consideramos que la Junta es una Pero vayamos al origen de la querella de la tari-
entidad gubernamental y que para ese entonces fa K-2. La K-2 es una de las secciones de la tarifa
el Gobierno tenía una participación, si bien mi- de la Puerto Rico Telephone Company y contie-
noritaria, en TELPRI (matriz de PRTC). Desde 1998, ne los términos y cargos para los servicios de
la prensa da cuenta de la relación contradictoria acceso conmutado intraísla. Los comienzos de
entre ambas organizaciones gubernamentales. la querella se remontan al 26 de agosto de 1996,
Un ejecutivo de la industria afirmaba: cuando la tarifa entró en vigor en el sistema de la
PRTC, tras ser registrada en el Departamento de
En última instancia, el desarrollo de una Estado de Puerto Rico. En septiembre de ese año
verdadera competencia en el mercado de entró en vigor la Ley Núm. 213 que creó la Junta
las telecomunicaciones en Puerto Rico Reglamentadora de Telecomunicaciones. Esta ley
está en las manos de esta Legislatura estipulaba que dicho organismo serviría de ár-
y de la Junta Reglamentadora de bitro y aprobaría los acuerdos de interconexión
Telecomunicaciones de Puerto Rico, las entre la PRTC y las nuevas empresas para promo-
cuales, sea PRTC propiedad del Gobierno ver la competencia. La Ley Núm. 213 no investía
o no, tienen la obligación de asegurar que a la JRTPR con autoridad para aprobar las tari-
aquellos que tienen poder del mercado no fas ni los cargos de los servicios alámbricos, pero
abusen del mismo.31 esta podía examinar y resolver querellas sobre si
Por otra parte, en diciembre de 1999, la PRTC la estructura de las tarifas de interconexión es-
había radicado un recurso contra la JRTPR, taba basada en costos reales. Cabe recordar las
porque esta había emitido la Orden Núm. JRT-97- palabras (Sec. 2.5) del senador Roberto Rexach
AR-004 solicitando a la PRTC desistir del cargo Benítez en el Diario de Sesiones del Senado:
por conexión a los teléfonos de la compañía La Junta Reguladora [sic] no es una junta
Cellular One y reembolsar a sus clientes lo co- tarifaria, o sea, que no existe para imponer
brado.32 También en 1999 (durante vistas públicas o para fijar tarifas o cargos por servicio. Es

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